De acuerdo con lo establecido en la Ley del Estado de California, realizar cualquier acto que implique penetrar de forma sexual y forzadamente a una persona, usando amenazas o la fuerza, se considera un delito bastante serio, el cual puede traer como consecuencia que el agresor sea sancionado como con una pena de prisión por 8 años como máximo, así como pagar una cantidad de $10.000 por concepto de multa, o el peor de los casos que se le obligue a formas parte del registro de delincuentes sexuales, lo que con el tiempo puede traerle muchos más problemas. 

Si usted actualmente está sufriendo acusaciones por el delito de penetración sexual forzada en Los Angeles, CA, la mejor opción que tiene es comunicarse de manera inmediata con un abogado especializado en casos de este tipo, si así lo desea puede contactarse con nuestro bufete de abogados Los Angeles Criminal Lawyer, donde el mejor equipo de abogados del Estado lo estarán esperando para estudiar las características de su caso y ayudarle a combatir los cargos que se estén formulando en su contra. ¡Llámenos ya!

¿Cómo es definida la Penetración Sexual Forzada de acuerdo con la Ley del Estado de California?

Los actos que involucran una penetración de tipo sexual por la fuerza son considerados como un delito de acuerdo con lo establecido en la Ley del Estado, el cual está tipificado en la norma 289 PC. Un individuo comete este delito si a través de una amenaza o empleando la fuerza, para conseguir penetrar el ano o la vagina de otra persona sin contar con el consentimiento de la misma, empleando en el acto algún objeto extraño. 

Cabe señalar que cualquier tipo de penetración, aunque sea mínima, se considera suficiente para tomarse como configurado el delito.

Ejemplos del delito

Con propósito de que se comprenda mejor de lo que se habla, se describirán una serie de circunstancias que pueden producir que una persona sea acusada por penetrar sexualmente y de manera forzada a otra persona.

Situación 1: En una fiesta nocturna realizada por universitarios, diferentes chicos pertenecientes a una fraternidad usaron una botella para penetrar por la vagina a una chica que se encontraba inconsciente por haber tomado demasiado alcohol. En este escenario es evidente que, la chica en ninguna oportunidad consintió el acto, evidentemente por haber estado inconsciente en el instante en que se produjo la acción, por lo que quienes ejecutaron el acto de penetración (los chicos de fraternidad), pueden ser acusados según lo dispuesto en la norma 289 PC, aunque no haya empleado la coacción o la fuerza.

Esto ocurre debido a que la Ley se encarga de proteger a las personas que estén en alguna situación vulnerable. Lo que quiere decir que, se preocupa por proteger a todas las víctimas que se encontraban inconscientes, esta confundida, dormía o estaba imposibilitada para ofrecer su consentimiento mientras el acto sexual se realizaba. 

Continuando con lo descrito en el anterior ejemplo, los chicos no contaban con el consentimiento ofrecido por la chica, puesto que se encontraba en una posición vulnerable debido a su estado de inconsciencia, y emplearon un elemento extraño para completar la penetración de los genitales, motivo por el que deberán enfrentar cargos penales al haber incurrido en esa conducta.

Situación 2: Un joven usa su fuerza con el fin de someter a una chica, para seguidamente introducir uno de sus dedos en la vagina de la mujer. En este escenario, el joven incurrió en un hecho ilícito, por haberla penetrado usando la fuerza para que la mujer doblegue su voluntad ante él, penetrándola con uno de sus dedos, de acuerdo a la situación descrita, se menciona un objeto extraño o desconocido para la chica.

¿Qué establece la norma respecto al término de “objeto extraño”?

Toda persona que emplee la fuerza, para penetrar los genitales de otra o utilice algún objeto extraño para lograrlo, será declarada culpable de perpetrar este ilícito. No obstante, ¿Qué se entiende por objeto extraño?

De acuerdo a lo establecido en la normativa, se considera objeto extraño a todo objeto, instrumento, dispositivo o sustancia. También, puede referirse a una parte del cuerpo, exceptuando los genitales, es por ello, que un ejemplo sería los dedos, bajo pleno entendimiento que la víctima desconoce el objeto que se involucró en el acto de penetración.

Ahora bien, se excluyen los genitales puesto que cuando hay penetración con este órgano, se estaría configurando una relación íntima, que se lleva a cabo sin consentimiento, y que dará lugar a una acusación por violación.

¿Cuándo puede considerarse que una penetración se realizó forzadamente?

Es importante señalar que la penetración formas suele cometerse a través de distintas formas que se señalan a continuación:

  • Usando la fuerza, se refiere al uso de fuerza física para poder dominar la voluntad de otro sujeto.
  • Usando la coacción, quiere decir que por medio de las amenazas de usar la fuerza, las cuales pueden ser directa o indirecta, se genera el resultado de que la víctima realice una acción que en circunstancias normales no realizaría.
  • A través de las amenazas de generar lesiones corporales inmediatas o de ocasionar la muerte, haciendo así que la persona siente temor.
  • A través de amenazas de tomar represalias en caso de que la víctima no cumpla con sus exigencias.

¿De qué trata la penetración sexual?

Respecto a esto, en el Estado de California, el concepto de “penetración sexual” está definido de manera amplia. Pero, en esta situación implica la abertura, del orificio anal o genital de la persona agraviada, contra su voluntad, y con la intención particular de obtener gratificación sexual, excitación, o abuso sexual de otro sujeto.

Es fundamental aclarar que la normativa, particularmente el articulo 289 PC, penaliza el obligar a la persona afectada a penetrar cualquier orificio sea el anal o genital del sujeto acusado, de un tercer individuo o incluso el propio. Un ejemplo seria en el escenario de que un sujeto que muestra una navaja a una joven para amenazarla, y la obliga a que ella utilice un dildo y penetre su orificio anal.

¿Qué debe comprobar la Fiscalía para que una persona sea condenada por este delito?

En principio para que una persona sea condenada por este ilícito, la Fiscalía debe probar sin duda alguna que en hecho se presentan los siguientes elementos:

  • Que el acusado penetró el ano o vagina de la víctima, sin tener su autorización.
  • Que lo realizó empleando la fuerza, amenaza, o coacción, y
  • Que para realizarlo, uso algún objeto extraño.

Ahora bien, para demostrar todo ello, la Fiscalía usará todas las evidencias disponibles, incluidas fotografías, informes dados por los agentes de la policía, testimonios, entre otros.

¿Bajo cuáles situaciones se puede sufrir una acusación por este ilícito sexual sin ser necesario el uso de la coacción o fuerza?

Se pueden presentar escenarios particulares que la normativa ha establecido, en los cuales aun cuando no se utilice la coacción o la fuerza en contra de la víctima, de  igual forma se podrán presentar cargos por este delito. Estas situaciones son las siguientes:

  1. La presunta víctima sufre de discapacidad

Si un individuo fue víctima de penetración y sufre de trastornos mentales o discapacidades físicas, y el acusado conocía o debió conocer sobre esta condición, entonces podrá sufrir cargos por este delito, aunque no se usó la coacción o la fuerza.

Esto tiene explicación debido a que si un individuo que sufre de trastornos mentales o discapacidades físicas es afectado por este delito, su estado le impedirá entender esta acción así como las consecuencias que se derivan del hecho.

  1. La presunta víctima no tiene consciencia sobre la naturaleza del acto

El individuo también podrá sufrir acusaciones por este delito si realiza la penetración con algún objeto extraño a un sujeto que no se encuentra consciente sobre la naturaleza del mismo, y que además conoce, y debido a ello, tal sujeto no podrá negarse.

En este sentido, enfrentará cargos aun cuando no haya usado la fuerza, ya que el sujeto que se encuentra en ese estado no conoce lo que ocurre en su entorno.

Sobre esta situación, es importante señalar que el encontrarse inconsciente tiene varias connotaciones. Suele ocurrir que el individuo se haya desmayado o esté dormido, pero de igual forma puede que no comprenda las características de esta acción porque fue objeto de mentiras, engaños.

  1. La presunta víctima se encuentra muy intoxicada para negarse

Esta intoxicación suele ser producto del uso de drogas, sustancias intoxicantes, o  alcohol.

Si el individuo víctima del delito, se encontraba en estado de intoxicación en el momento que se perpetró el hecho, el sujeto podrá enfrentar una acusación por este ilícito, aunque no se utilizó la fuerza, pero si conocía o debió conocer que la persona agraviada se encontraba intoxicada y no podía ni oponerse o consentir la realización del acto.

Con relación a este punto hay mucha controversia, puesto que es cotidiano que los individuos participen en actos sexuales posteriormente a consumir alcohol o drogas. De hecho, estos comportamientos sexuales se realizan cuando uno o ambos individuos se encuentran intoxicados.

En cualquier escenario y para efectos de la norma, se considerará que un sujeto se encuentra intoxicado para prestar su autorización, si no logra entender la naturaleza física y moral de este acto sexual y sus consecuencias.

¿Qué sanciones pueden ser impuestas a una persona condenada por este delito?

Según lo establecido en la Ley de Estado, una penetración de este tipo se considera como un hecho ilícito mayor. Por lo que, las sanciones que pueden ser impuestas por incurrir en este son:

  • El pago de una multa por un monto de $10.000 como máximo.
  • Pasar un tiempo en una cárcel del Estado por 3 – 6 hasta los 8 años.
  • Estar bajo el régimen de libertad condicional informal (Esto no puede ser aplicado a cada uno de los casos, puesto que solo es posible en los casos en los que esté involucrado un sujeto con una discapacidad).

El régimen de libertad condicional mencionado, significa que el sujeto deberá cumplir con diversas condiciones que el tribunal haya ordenado. En este sentido, existe la posibilidad de que se le exija prestar algún servicio comunitario, así como asistir de manera regular a reuniones con el oficial de la libertad condicional.

Sin embargo, si la persona agraviada no cuenta con la mayoría de edad, lo que quiere decir que, todavía no tiene 18 años cumplidos, entonces las sanciones que pueden ser aplicadas tendrán una severidad mayor, de tal manera que puede ordenarse:

  • Pasar 12 años máximo en una prisión estatal, cuando la persona agraviada tiene menos de 14 años.
  • Pasar 10 años máximo en una prisión estatal, cuando la persona agraviada tiene 14 años o más.

¿Es aplicable en este tipo de casos al registro de delincuentes sexuales?

Si es aplicable, esto conllevara a que, además del pago de multas, y el cumplir tiempo en la cárcel, la norma somete a cada sujeto que incurra en este ilícito, a formar parte del registro de delincuentes sexuales.

No obstante, es importante señalar que este sistema se clasifica en 3 niveles, de acuerdo a la severidad del acto perpetrado, tal como es señalado a continuación:

  • Nivel I: Será registrado por un periodo de hasta 10 años.
  • Nivel II: Será registrado por un periodo de hasta 20 años.
  • Nivel III: Será registrado por toda la vida.

Ahora bien, en el registro de nivel II será aplicable en los casos en los que la penetración fue resultado del empleo de amenaza como tomar represalia, o si la presunta víctima en el momento no pudo dar su autorización debido a una discapacidad física o algún trastorno mental.

El registro de nivel III será aplicable en los casos donde la penetración se realizó por el empleo de coacción o fuerza, o si el sujeto agraviado era una persona con menos de catorce años (y tenía una edad de diez años menos respecto al acusado), o en caso de que la víctima estuviera muy intoxicada para oponerse o se encontraba inconsciente.

Por último, es importante aclarar que toda persona que sea sometida a dicho registro de delincuente sexual, tendrá que registrarse en las agencias de policía del condado donde resida. De igual forma, dicho registro tiene que renovarse 1 vez al año, en los 5 primeros días hábiles posteriores a la fecha de nacimiento del sujeto o cuando cambie su residencia.

¿Cuáles otros delitos pueden relacionarse con el de penetración sexual forzada?

Según lo establecido en la Ley del Estado de California, hay algunos delitos de tipo sexual que habitualmente son imputados en conjunto con este delito, o en sustitución del mismo. Los que se mencionan a continuación, son solo algunos de ellos:

Agresión sexual

De acuerdo con lo establecido la sección 243.4 PC, este ilícito se considera configurado cuando un sujeto toca sin tener consentimiento las zonas íntimas de otro individuo, con el fin específico de conseguir una gratificación sexual, abusarla sexualmente de alguien más o excitarse.

El delito de agresión sexual se considera como “wobbler”, es decir que, puede procesarse como delito mayor o menor. La mayor parte de los casos, se procesan como un delito mayor, por lo que la pena en prisión que corresponde es de 4 años como máximo.

Por otra parte, debido a que este delito implica que se imponga una sentencia leve en comparación con las de otros delitos como el de penetración sexual, es posible este sea aplicado como parte de una reducción de los cargos, es decir que, en lugar de formularse cargos por el delito de penetración, se formulen por el de agresión sexual, lo que implica una reducción de cargos.

Violación

En la sección 261 PC se establece que este delito, es cometido cuando una persona mantiene relaciones sexuales con otra persona sin contar con el consentimiento de esta, lo cual es realizado empleando la fuerza, un fraude o amenazas. Aunque la definición de este delito es similar a la de penetración sexual forzada, los actos de violación la diferencia radica en el conito. Sin embargo, existen muchos casos en los que un sujeto puede ser acusado por ambos delitos.

Cabe señalar que, los casos de violación en su mayoría, son considerados como delitos graves, por lo que la pena en prisión correspondiente implica pasar desde 3 – 6 hasta 8 años en la cárcel.

¿Cuáles estrategias de defensa pueden usarse para derribar una acusación por este delito?

El sufrir una acusación por este delito, no quiere decir que será declarado culpable por este. Siempre es fundamental contar con el apoyo de un buen abogado que lo represente, usando estrategias idóneas de acuerdo a las características del caso, para lograr con ello que sean reducidos los cargos, o que se desestimen por completo.

Algunas de las estrategias legales que se usan comúnmente para derribar estos cargos, son las que se señalan a continuación:

  • Existió consentimiento
  • El acusado creía razonablemente que la persona agraviada le dio su consentimiento
  • Fue acusado falsamente.

Existió consentimiento

En muchos casos donde un sujeto es acusado de perpetrar un acto sexual de esta clase, se centra en comprobar si existió o no consentimiento. En estos escenarios, será el Tribunal quien tendrá que establecer dicha cuestión, fundamentándose en las circunstancias del caso.

Por otra parte, lo realmente verdadero, es que el sujeto no podrá ser acusado por este delito, si el individuo estaba seguro de realizar el acto, esto quiere decir, si existió consentimiento. En este sentido, se requiere que el consentimiento sea voluntario y libre, y que el sujeto comprenda las consecuencias y la naturaleza de tal acto.

Finalmente, debe tenerse en consideración que un sujeto menor de 18 años, o que sufra de trastornos mentales o discapacidades físicas, no podrá dar su autorización legal, por lo cual, la Fiscalía no requerirá comprobar la falta de autorización en estos casos.

El acusado creía razonablemente que la persona agraviada le dio su consentimiento

Esta es una de las estrategias más usadas. Este argumento permite que el acusado luche contra los cargos por este delito, incluso cuando no contaba con el consentimiento ofrecido por la presunta víctima, sin embargo, creyó de forma razonable que le había prestado su consentimiento.

En relación a ello, los miembros que conforman el jurado entienden la ambigüedad en todo lo que incumbe el consentimiento para participar en un determinado acto sexual, esto se debe a que las personas se involucran en una actividad sexual cuando están intoxicadas. De allí, que resulte razonable creer que la otra parte dio su autorización, y este resulte un argumento válido.

Fue acusado falsamente

Son diversos los motivos por los cuales un sujeto puede ser víctima de falsas acusaciones. Quizás sea porque un socio o ex pareja se ve motivada por resentimientos, celos o rabia, y realizó alguna acusación contra de este individuo para perjudicarlo.

En cualquier de los casos, la mejor manera de combatir esta acusación falsa será utilizando evidencias que comprueben que todo fue inventado, con la intención de que el sujeto resultara implicado por un ilícito que no perpetró. En estas situaciones, le corresponde al abogado crear un argumento válido para defender a su cliente.

¿Cómo puedo comunicarme con un abogado experto en este tipo de casos cerca de mí?

La gravedad de las penas que se imponen por incurrir en este delito amerita que la persona acusada cuente con un buen abogado que lo asista en todo el proceso. Esto se debe a que al ser condenado por un ilícito sexual se le privará de su libertad, y se le impondrá el pago de grandes cantidades por concepto de multas, además de tener que registrarse como un delincuente sexual.

Es por todo ello que en el escritorio jurídico Los Angeles Criminal Lawyer, encontrará a los abogados con mayor experiencia en el área, que podrán elaborar las estrategias de defensa que más se adecuen a su situación legal, para así obtener los mejores resultados posibles.

No dude más, y si se encuentra en Los Angeles, CA, y desea obtener mayor información sobre la penetración sexual forzada, no dude en comunicarse con nosotros a través del siguiente número telefónico 310-502-1314, y se le agendará una cita inmediatamente. Recuerde que su reputación y futuro están en juego, no deje pasar más tiempo. ¡Llame ya!