En el Estado de California se lleva a cabo una ardua batalla para combatir la fabricación, distribución y posesión de drogas, por lo tanto los actos ilícitos relacionados con las mismas son estrictamente sancionados por las leyes, lo cual va a depender de las condiciones y situaciones que den origen a cada caso y de las consecuencias que se desprenden el mismo.

Dicho ilícito es regulado tanto a nivel federal como a nivel estatal, y puede ser imputado a cualquier tipo de persona incluyendo a menores. Este ilícito puede ser sancionado por la ley como un delito menor o una felonía para lo cual se deben tomar en cuenta varias particularidades tales como el tipo de sustancia, cantidad involucrada, antecedentes penales e intención del acusado. Al estar conformado por una amplia gama de delitos, puede traer consigo consecuencias leves, como por ejemplo, si un individuo tiene bajo su poder una pequeña cantidad de droga para su uso personal puede que deba enfrentar cargos por un delito menor, pero en cambio las personas involucradas en un amplio plan de narcotráfico deben enfrentar acusaciones y condenas mucho más severas.

Si usted o alguien que conoce se encuentra actualmente enfrentando cargos por delitos relacionados con drogas o teme ser incriminado por los mismos, lo más razonable es que busque asistencia jurídica de inmediato. Si está ubicado en Los Angeles, la mejor ayuda la encontrará en Los Angeles Criminal Lawyer, donde están los Abogados con mayor trayectoria y conocimiento en la materia, esto le evitará tener que cumplir con sanciones más severas. Tome en cuenta que nada es mejor que su tranquilidad y dejar su defensa en manos de un profesional puede evitarle muchos inconvenientes legales.

¿Qué se entiende por drogas y cuáles son los tipos más comunes?

Se trata de cualquier sustancia que puede afectar el sistema nervioso, el cerebro o los músculos.

Entre los tipos más comunes pueden encontrarse desde sustancias ilícitas, hasta algunos medicamentos cuyo principio activo a pesar de que se utiliza para combatir ciertas enfermedades o malestares, causa adicción por parte de quienes lo consumen y puede ocasionar efectos negativos al organismo si se suministra sin ser ordenado o vigilado por un médico.

Entre las drogas más comunes se encuentran las siguientes:

  • Barbitúricos
  • Heroína
  • Éxtasis (MDMA)
  • Cocaína en piedra
  • Cannabis (Marihuana)
  • Hachís (y aceite de hachís)
  • LSD
  • Mescalina
  • Cristal / metadona
  • Morfina
  • Opio
  • PCP
  • Esteroides
  • Cocaína

¿Cuáles son los cargos penales que se presentan con mayor frecuencia en la actualidad en relación a los Delitos de Drogas?

Como se dijo anteriormente los delitos de drogas abarcan una amplia serie de categorías y conductas, los cuales son sancionados de diferente forma por la ley. De manera enunciativa y para tener una idea de la gran variedad que engloba dicha clase de delitos se nombran los siguientes: Posesión, distribución, tráfico, fabricación y cultivo de drogas; Posesión de metanfetamina; Posesión de sustancias controladas entre otras.

A continuación, se explicará en qué consisten algunos de los cargos penales que se presentan con mayor frecuencia hoy en día:

  • Posesión de sustancias controladas.
  • Posesión de sustancias controladas con fines de venta.
  • Transporte y venta de drogas.
  • Fabricación de drogas.

Posesión de Sustancias Controladas

Encuentra su fundamento legal en el artículo 11350 correspondiente al Código de Salud y Seguridad del Estado de California, el cual señala como un delito la posesión intencionada de drogas ilegales y de ciertas sustancias controladas sin la existencia de una prescripción médica válida.

Entre las sustancias prohibidas por el mencionado artículo se encuentran drogas ilegales tales como: la cocaína, heroína, opiáceos, peyote y alucinógenos. De igual manera se menciona la prohibición de posesión de ciertos fármacos para cuya administración se requiere una prescripción médica, dado que su componente activo tiene la capacidad de generar adicción además de provocar efectos contraproducentes en el organismo. Son ejemplos de éstos, la codeína o la oxicodona.

Para que se configure el delito de posesión de una sustancia controlada deben probarse los siguientes elementos:

  • Que el acusado tenía físicamente la droga o ejercía control sobre la misma.
  • Que el acusado tenía conocimiento de la existencia de la droga y sabía que se trataba de una sustancia controlada.
  • Que había una cantidad de droga suficiente como para ser usada.

Que el acusado tenía físicamente la droga o ejercía control sobre la misma

Es necesario acotar que el término tenencia o posesión señalada en el artículo 11350 puede englobar tres alcances legales:

  • Tenencia o posesión real: se refiere a aquellos casos en los cuales el acusado tiene en físico la sustancia controlada. Un ejemplo sería cuando se encuentra droga en el bolsillo de una persona.
  • Tenencia o posesión implícita: abarca aquellos casos en los cuales la sustancia controlada se encuentra en un lugar que estaba bajo el control del acusado. Un ejemplo de esto sería que se encuentre droga en la habitación del acusado.
  • Tenencia o posesión conjunta: se refiere a aquellos casos en los cuales la tenencia real o implícita se comparte con otra persona u otras. Es decir hay dos personas o más involucradas en la tenencia de una misma sustancia controlada. Un ejemplo de estos casos es el siguiente: Maria y Juan viven juntos arrendados en un apartamento, y tienen droga guardada en un mueble ubicado en la sala, circunstancia que era conocida por los dos y ambos estaban de acuerdo en tenerla allí. En este caso se observa que hay conocimiento de ambos sobre la existencia de la sustancia controlada y ninguno se opuso a tal situación.

Que el acusado tenía conocimiento de la existencia de la droga y sabía que se trataba de una sustancia controlada

Este es uno de los elementos que debe probar el fiscal para que se configure el delito en estudio, por lo tanto esto quiere decir que si el acusado desconocía  la existencia de las drogas, puesto que no sabía que estaban allí o no sabía que se trataba de sustancias controladas, el mismo debe ser absuelto por este delito.

Que había una cantidad de droga suficiente como para ser usada

Esto quiere decir que el acusado debe poseer una cantidad suficiente de droga o sustancia controlada para ser usada, esto implica que los residuos o rastros encontrados de droga no son suficientes para condenar  a alguien por la comisión de este delito, sin embargo no se exige que la cantidad de droga sea suficiente para causar los efectos narcóticos que las mismas usualmente generan o se espera que generen, simplemente se requiere que la cantidad existente de droga sea suficiente para ser consumida.

Este tipo de ilícito normalmente es juzgado como delito menor, y como tal acarrea las siguientes sanciones:

  • Privación de libertad por el periodo de hasta un año en una cárcel del condado.
  • Pago de una cantidad de dinero de hasta 1.000 dólares por concepto de multa.
  • Las sanciones anteriores pueden aplicarse de manera individual o conjunta.

 

Posesión de Sustancias Controladas con fines de venta

Está consagrado en el artículo 11351 del Código de Salud y Seguridad de California el cual menciona la prohibición de vender y distribuir narcóticos.

A tales efectos es necesario explicar que una sustancia controlada se refiere a una droga cuya elaboración, posesión y consumo están regulados por la ley. Entre las sustancias controladas más comunes están el peyote y la heroína. De igual forma está prohibido poseer con fines de venta fármacos que se venden únicamente con previa prescripción médica, tales como: la codeína y la hidrocodona.

Para que una persona pueda ser condenada por la comisión del delito de posesión de sustancias controladas con fines de venta, deben probarse los siguientes hechos:

  • Que el acusado tenía posesión sobre la droga o realizó la compra de la misma.
  • Que el acusado tenía conocimiento de que lo había hecho.
  • Que el acusado tenía conocimiento de que se trataba de una sustancia controlada.
  • Que el acusado tenía una cantidad de droga suficiente para consumirla o venderla.
  • Que la intención del acusado era vender la droga.

Este acto ilegal es condenado como un delito grave y por lo tanto las penas que se pueden imponer son las siguientes:

  • Privación de libertad por un periodo de dos a cuatro años.
  • Pago de una suma de dinero de hasta 20.000 dólares por concepto de multa.
  • Estas sanciones pueden aplicarse de manera individual o conjunta.

 

Transporte y venta de drogas

Tiene su fundamento legal en el artículo 11352 del Código de Salud y Seguridad de California el cual señala como culpable de este delito a toda persona que transporte, venda, importe, suministre, regale drogas o intente u ofrezca realizar este tipo de acciones.

De lo anterior se deduce que si una persona ofrece sus servicios para trasladar drogas de un lugar hacia otro puede ser acusada por la comisión de este tipo de ilícito a pesar de que no tenga la misma bajo su poder.

En estos casos cualquier tipo de transporte puede ser tomado en cuenta para cometer este delito, no es necesario que sea un vehículo automotor ni que se trate de grandes cantidades de droga . Un ejemplo es el siguiente supuesto: Maria va caminando de una calle hacia otra con el objetivo de realizar el traslado de una pequeña cantidad de droga la cual lleva guardada en en cartera con la intención de entregarla a otro individuo. En el caso en cuestión se pueden presentar cargos por la ejecución del delito de transporte de drogas a pesar de que maría realice el traslado caminando, dado que el mismo de igual forma se llevó a cabo.

 De igual forma no hace falta que el culpable tenga posesión física de la droga, pues si tiene algún control sobre el movimiento de las mismas puede ser imputado por la comisión del ilícito de transporte y venta de drogas.

Para que se configure el delito de transporte deben probarse los siguientes elementos:

  • Que efectivamente el acusado llevó a cabo el transporte de drogas.
  • Que el acusado tenía en su posesión una cantidad de droga suficiente para usarse.
  • Que el acusado tenía control sobre la sustancia, tenía conocimiento de la presencia de la misma y sabía que se trataba de una sustancia ilegal.

Entre las sanciones aplicables por la comisión de este delito se encuentra las siguientes:

  • Privación de libertad por períodos de tres a nueve años
  • Pago de una suma de dinero de hasta 20.000 dólares

Estas sanciones pueden aplicarse de forma individual o conjunta. Además, pueden aumentar de acuerdo a algunas circunstancias tales como los antecedentes penales de la persona, la cantidad de sustancia y la distancia que recorrió con la misma.

Fabricación de drogas

En primer lugar es necesario señalar que el término fabricar, se refiere a la acción de elaborar productos a partir de materia prima.

Este ilícito se encuentra estipulado en el artículo 11379.6 del Código en mención el cual señala como culpable de este delito a cualquier persona que fabrique, componga, produzca, convierta, derive, prepare o procese ya sea de forma directa o indirecta mediante procesos químicos cualquier sustancia controlada.

Para que una persona sea condenada por la ejecución de este delito deben probarse los siguientes elementos:

  • Que el acusado tenía posesión y control de drogas o sustancias ilegales.
  • Que el acusado tenía la intención de llevar a cabo la fabricación de esas drogas.

Hay que aclarar que el hecho de producir una sustancia química no es lo que la norma señala como delito, el delito es utilizar esa sustancia para realizar otra sustancia prohibida por la ley. Por lo tanto, elaborar alguna sustancia química legal con el objeto utilizarla para elaborar una sustancia ilegal puede acarrear que una persona sea acusada por este tipo de ilícitos.

Entre las sanciones que acarrean estas conductas se encuentran las siguientes:

  • Privación de libertad por el periodo de tres - siete años en una prisión del Estado.
  • Libertad condicional formal.
  • Pago de sumas de dinero de hasta 50.000 dólares por concepto de multas.
  • Las sanciones de privación de libertad y pago de multas pueden aplicarse de forma simultánea.

¿Cuáles son las propuestas alternativas en los casos de condena por la comisión de delitos de drogas?

En California se considera más adecuada la imposición de un programa de rehabilitación que el cumplimiento de una condena privativa de libertad en aquellos casos en los cuales se trate de personas involucradas en delitos de droga no violentos.

Dichos programas también son conocidos como “programas de desviación de drogas”, los cuales tienen como objetivo que los involucrados en delitos de drogas por primera vez no caigan en una conducta de abuso de las mismas. La fiscalía tiene competencia para ofrecer este tipo de programas como desvío de sanción, que cuando se finaliza con éxito ocasiona que se reviertan los cargos penales presentados en contra del acusado.

Entre dichos programas se encuentran los siguientes:

  • Propuesta 36.
  • Programa de tratamiento de drogas en libertad.
  • Tribunales especiales sobre drogas.

Propuesta 36

Según la ley para Prevención de Delitos de Abuso de Estupefacientes de California, el acusado por primera o incluso seguna vez por la comisión de un delito de posesión simple de drogas, en el cual no intervino la violencia, puede recibir tratamiento para el abuso de estupefacientes en lugar de una condena privativa de libertad. Esto abarca un año de tratamiento como paciente externo en un centro de rehabilitación, hospital, terapia de reemplazo de narcóticos entre otros así como seis meses de tratamiento para la readaptación.

Programa de tratamiento de drogas en libertad

En este programa el acusado deberá declararse culpable por la comisión de un delito de drogas pero no se le impone condena. El caso se pospone por dieciocho meses, durante los cuales el acusado tendrá que tomar clases de educación de drogas por un periodo de seis meses, así como evitar que lo acusen por la comisión de otro delito.

El caso se desestima después de dieciocho meses y se borra la huella del delito cometido.

Tribunales especiales sobre drogas

Son programas para las personas acusadas por ilícitos de drogas y están bajo la supervisión de un juez.

Estas cortes se crearon con el objetivo de rehabilitar a quien cometió un delito relacionado a drogas (generalmente personas reincidentes) en lugar de llevar la causa a juicio.

En caso de que una persona acepte este programa debe realizar lo siguiente:

  • Asistir entre 12 y 15 meses a sesiones de tratamiento
  • Someterse a análisis aleatorios de drogas
  • Presentarse ante el juez de la Corte de forma periódica.

El incumplimiento de estas exigencias acarrea que dicha sanción sea desechada y se lleve a cabo la privación de libertad del individuo.

¿Cuáles son las estrategias de defensa más utilizadas en estos casos?

Un abogado con experiencia en la materia puede indicarle cuales son las estrategias o alegatos de defensas que mejor se adaptan a cada caso en particular, previo estudio de las circunstancias que dieron origen al mismo. Sin embargo a continuación se señalan algunos de los alegatos que se utilizan regularmente cuando se enfrentan cargos relacionados con delitos de drogas:

  • Prescripción médica válida
  • Falta de conocimiento
  • Incautación Ilegal

Prescripción médica válida

Este alegato puede utilizarse siempre y cuando la posesión de la sustancia controlada se ajuste a los parámetros de la receta médica.

Por lo tanto no puede utilizarse este alegato en los siguientes casos:

  • Cuando la prescripción médica es falsa.
  • Cuando el acusado tiene bajo su posesión mayor cantidad de droga a la indicada en la receta médica.
  • El acusado tiene bajo su poder drogas recetadas a otra persona.

Falta de conocimiento

Puede utilizarse este alegato dado que el concomiendo por parte del acusado de que tiene bajo su poder una droga o una sustancia controlada, es uno de los elementos que debe probar el fiscal para que se configure la comisión de dicho delito.

Incautación Ilegal

Este tipo de alegatos se utiliza en aquellos casos en los cuales las pruebas son obtenidas de una manera ilegal.

Es importante tomar en cuenta que uno de los elementos más importantes para que se pueda llevar a cabo el dictamen de una sentencia condenatoria son los medios probatorios, los cuales van a permitir fundamentar la misma.

Las autoridades recopilan la mayoría de las pruebas a través del procedimiento de incautación. Por lo tanto, si dicha incautación fue realizada violando la ley, se puede poner esto en conocimiento del juez para que la persona sea liberada por haber sido objeto de cateos e incautaciones ilegales. Esto quiere decir que no se puede usar ninguna prueba que se haya obtenido ilegalmente para dictar una condena. Si se tiene éxito, entonces se pueden excluir las pruebas y el caso se puede desestimar.

Contratar los servicios del abogado en delitos de drogas cerca de mí

Los delitos de drogas están conformados por una amplia gama de conductas tipificadas por la ley, los cuales acarrean una severa y amplia cantidad de sanciones, sin embargo estos son los actos ilícitos en los cuales las personas incurren con mayor frecuencia en la actualidad.

Para determinar la gravedad de los mismos se toman en cuenta muchos factores, tales como la cantidad de sustancias incautadas, el tipo de droga, los antecedentes penales del acusado entre otros, los cuales deben ser estudiados cautelosamente por un experto.

Por tal razón, una vez entendido el alcance que puede llegar a tener ser declarado culpable por la comisión de este tipo de delitos, y los efectos perjudiciales que una sentencia condenatoria podría ocasionar a su expediente, se hace necesario indicar que lo primero que debe hacerse en caso de estar involucrado en este tipo de problemas jurídicos es buscar asistencia legal inmediata, lo cual le permitirá preparar la mejor defensa posible desde el inicio del proceso. Un abogado con amplios conocimientos en delitos de drogas puede ayudarle a  obtener sanciones menos agresivas e inclusive la absolución del caso.

Por lo tanto si usted o un conocido suyo se encuentra acusado por delitos de drogas en Los Angeles, la mejor asistencia legal puede encontrarla en Los Angeles Criminal Lawyer, donde contamos con los abogados mejor preparados en la materia. Recuerde que contamos con más de 25 años de trayectoria defendiendo casos penales, ¡No lo dude más! ponga sus problemas legales en manos de un experto, comuníquese al número 310-502-1314 y será atendido de inmediato, aparte su cita y deje que nosotros nos encarguemos de su defensa.