La libertad condicional informal es un programa del que se puede hacer uso en California, previo a la presentación del adolescente ante la Corte de Menores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 654 del Código sobre Bienestar e Instituciones. Según la regulación establecida para este programa, la petición fiscal contra el adolescente, que es lo que podría llamarse acusación en un juicio penal de adultos, no se presentará ante el Tribunal. A cambio de ello, el adolescente va a ser supervisado de manera informal por hasta un lapso de seis meses. Esta libertad condicional informal es un beneficio que normalmente resulta aplicable para aquellos jóvenes que han infringido las normas en una primera oportunidad y siempre que se trate de conductas ilícitas consideradas menores.

En resumen, se trata de una medida que beneficia a un adolescente que es un delincuente primario, esto es, que sólo ha delinquido en una sola oportunidad, siempre que la conducta ejecutada por el mismo no haya implicado usar la violencia, con el propósito de que el mismo reciba el apoyo, supervisión y tratamiento requeridos para su recuperación, incluso utilizando métodos como la rehabilitación, en sustitución de todo un proceso judicial en el que sería sometido a la jurisdicción del Sistema Juvenil de Justicia de este Estado.

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Ser procesado ante la Jurisdicción del Sistema Juvenil de Justicia en Los Angeles puede resultar en una situación traumatizante para un adolescente, en particular porque no se trata de un sistema que haya sido diseñado especialmente para cubrir las necesidades específicas que un menor puede tener, además de que este sistema es muy parecido al que se aplica a la Jurisdicción Penal en la que se juzga a los adultos, de modo que podría considerarse como un castigo adicional y cruel el someter a un adolescente a esta clase de procedimiento, debido a ello, lo más recomendable es lograr que un adolescente sea favorecido con uno de los programas de desviación, lo que permitiría detener la petición fiscal, mientras el menor cumple con las condiciones o términos que le sean impuestos y en el supuesto de que llegue a cumplirse con todos en el tiempo que haya sido establecido, entonces no se presentará definitivamente la petición y el adolescente no adquirirá unos antecedentes como delincuente juvenil. No obstante, lograr ese tipo de beneficios no es tan sencillo, por ello resulta fundamental el trabajo de un abogado criminalista especializado en el Sistema Juvenil de Justicia de California, como los de Los Angeles Criminal Lawyer, porque con su habilidad y sus consejos, dependiendo de las circunstancias en que hayan ocurrido los hechos que le han sido imputados al menor, es posible que su hijo pueda ser beneficiado con este tipo de medida alternativa, pero debe ponerse en contacto con nuestra firma a la brevedad posible, para que comencemos a trabajar en favor del joven

¿Cuál es el contenido de la disposición 654 del Código sobre Salud e Instituciones de California?

De acuerdo con la norma antes indicada, corresponde a un oficial que trabaja para la oficina de libertad condicional determinar un programa concreto y específico de supervisión para un adolescente que ha cometido un hecho punible, en lugar de aconsejar a la Fiscalía que sea presentada una moción de petición (presentación de cargos en el caso de los menores), porque es más probable que el joven se beneficie más de esta clase de medida sustitutiva que de lo que puede obtener al ser sometido al Sistema Juvenil de Justicia de este Estado.

Se puede decir que el objetivo primordial de esta clase de programas o medidas sustitutivas, que se constituyen en una clase de supervisión de tipo informal, con base en la disposición 654 del Código sobre Bienestar e Instituciones, es que el adolescente evite adquirir unos antecedentes como delincuente juvenil. Ya hemos indicado que si el adolescente logra completar todas las obligaciones y condiciones que le fueron impuestas durante el tiempo estipulado, entonces nunca será presentada una petición por parte de la Fiscalía, y no adquirirá antecedentes como delincuente juvenil. Pero en aquellos casos en los que el adolescente se haya comportado mal, la representación fiscal siempre tendrá la posibilidad de presentar ante la Corte Juvenil una petición formal, (cargos) en contra del joven, que seguirá su curso normal dentro del Sistema Juvenil de Justicia.

¿Qué es el Sistema Juvenil de Justicia?

Tal como ocurre en caso de que se trate de un adulto, cuando un adolescente comete una conducta ilícita es necesario que haga frente a los efectos que produce la misma, aunque no de igual manera a como lo tendría que hacer un adulto, sino con la imposición de medidas menos severas, y es por esa razón que existe el que ha sido llamado Sistema Juvenil de Justicia.

Pero este sistema posee una finalidad diferente, que es la de rehabilitar y reeducar al adolescente que se ha visto envuelto en conductas de tipo delictivo, de modo que al crecer se convierta en un miembro útil de la sociedad. La causa de sustituir una medida punitiva por una que busque rehabilitar al adolescente se encuentra en que, de acuerdo con las leyes, un menor de dieciocho años no es capaz de conocer los efectos o consecuencias que pueden tener sus actuaciones. No obstante, una Corte Juvenil posee múltiples opciones de las que puede hacer uso en contra de un joven al momento de dictar su decisión respecto al caso, debido a que, a pesar de que la finalidad del sistema no sea imponer un castigo, se requiere que sean impuestas medidas de tipo correctivo, que impidan que el adolescente se convierta en un delincuente reincidente.

Entre las opciones de las que puede hacer uso la Corte Juvenil, dependiendo de lo graves que hayan sido los hechos ilícitos llevados a cabo por el adolescente y cuál sea su actitud frente a otros miembros de su comunidad, se encuentran: i) la libertad condicional con régimen de orientación y supervisión en el que interviene un funcionario del sistema de libertad condicional, ii) imponerle la medida de arresto en su domicilio, iii) colocarlo en un campamento para adolescentes, o iv) confinarlo derivándolo a un centro o institución correccional para menores, que resulta la más severa de las medidas que se pueden adoptar.

Lo cierto es que, en este Estado, la mayor parte de los hechos punibles en los que se encuentran involucrados adolescentes, se vinculan con delitos menores e infracciones. Sin embargo, existen supuestos en los que los adolescentes pueden tener que hacer frente a un problema legal muy serio, debido a que han llevado a cabo una conducta que podría ser calificada como grave, que se parece a una conducta ilícita que podría ser llevada a cabo por un adulto, como es el caso de un asesinato o de un secuestro. Frente a este tipo de escenario, el joven será sometido al Sistema Juvenil de Justicia, y dependiendo de las circunstancias, existe la posibilidad de que la Corte Juvenil decida que debe ser procesado como un adulto en una audiencia de transferencia, en cuyo caso será tratado como adulto y recibirá el castigo como tal.

¿Cómo se implementan los programas de desviación informal en el caso de los adolescentes?

En los supuestos en los que un adolescente que aún no ha cumplido los dieciocho años sea detenido por agentes policiales, ello significa que tales agentes han realizado una actuación ante una sospecha de que se ha llevado a cabo un hecho punible. Pero, como el sospechoso involucrado es un menor, estos funcionarios deben manejar el caso de manera diferente.

Las situaciones que pueden presentarse en la vida real son varias, y dependiendo del caso concreto específico, se establecerán las consecuencias. Si los agentes policiales detienen a un adolescente que ha cometido lo que se denomina infracción menor, es posible que decidan dejarlo libre, dándole una severa advertencia. No obstante, si la situación en la que está involucrado el menor se trata de una conducta que es más grave, es posible que los agentes de la policía decidan trasladarlo a una institución correccional juvenil.

Al momento en que se produce la detención de un adolescente y es enviado a una institución correccional, el procedimiento a seguir queda en las manos de los funcionarios u oficiales de libertad condicional, quienes se encargarán del caso. Estos funcionarios tienen la obligación de hacer una investigación sobre los hechos y de conformidad con las conclusiones a las que puedan llegar sobre la participación del menor en los mismos, es posible que tomen cualquiera de las siguientes medidas o acciones:

  • Dejar en libertad al adolescente haciéndole una fuerte advertencia.
  • Someter al adolescente a un programa informal de desviación; o
  • Notificar del caso a la Fiscalía, con el propósito de que sea presentada una petición (cargos) en contra del adolescente ante una Corte Juvenil.

En estos escenarios, son los funcionarios de la administración de libertad condicional los que tienen el rol esencial de escoger el rumbo que va a llevar la situación del adolescente. Pero se puede afirmar que aquellos hechos que puedan ser calificados de graves serán enviados a la Fiscalía, quien llevará adelante un procedimiento judicial en su contra, mientras que los hechos menores o leves serán resueltos por el funcionario de libertad condicional, haciendo uso de un programa informal de desviación, siempre que el adolescente no haya demostrado tener comportamientos sociales problemáticos y se trata de su primera violación a una norma, además que debe tratarse de una conducta ilícita leve.

¿Qué es la libertad condicional informal según la disposición 654 en California?

Los funcionarios de libertad condicional pueden supervisar informalmente a un adolescente que infringe la ley, sin pedir que se presente una petición por parte de la Fiscalía. Esto se llama libertad condicional juvenil informal. El período de tiempo que puede durar esta supervisión es de hasta seis meses. El funcionario está en la obligación de equilibrar los intereses del menor con los de la comunidad. De hecho, en todos los supuestos en que ello sea posible, se debe hacer un esfuerzo diligente para colocar a un menor en libertad condicional informal.

Al decidir si colocar a un menor en supervisión informal, sin presentar una petición a la Fiscalía, un funcionario de libertad condicional debe considerar una variedad de factores, entre los cuales se encuentran:

  • ¿La conducta ejecutada por el joven o la condición en que se encuentra se considera grave?
  • ¿Pueden el adolescente y los padres resolver el asunto sin una acción judicial formal?
  • ¿Se necesitan más observaciones o evaluaciones antes de que se pueda tomar una decisión?
  • ¿Cuáles son las actitudes del adolescente y los padres o tutor?
  • ¿Cuál es la edad, madurez y capacidades del menor?
  • ¿Posee el adolescente algún historial de delincuencia o de dependencia?
  • ¿Existe alguna recomendación de alguna oficina o agencia de referencia?
  • ¿Cuáles son las actitudes de las personas afectadas?
  • ¿Existen otras circunstancias que indiquen que la supervisión informal sería útil para el bienestar del adolescente y la protección de su comunidad?
  • ¿Tiene el adolescente algún problema en el hogar, la escuela o la comunidad que indique que sería deseable someterlo a una supervisión mayor?

¿Cuáles son las condiciones y términos de una libertad condicional informal juvenil?

El adolescente y sus progenitores o su tutor deben estar de acuerdo con las condiciones del programa de supervisión informal. El acuerdo debe establecer que el joven y los progenitores o tutores tendrán las siguientes obligaciones:

  • Tomar parte en los programas de asesoramiento, de crianza y de educación,
  • Obtener atención y tratamiento debido al uso indebido o la adicción a sustancias de uso controlado o el consumo de alcohol,
  • Si el joven no participa en los programas requeridos dentro del lapso de los sesenta días inmediatos, lo que va a ocurrir es que el caso será referido a la Fiscalía, para que se presente la petición correspondiente ante la Corte Juvenil, porque se entiende que habría incumplido con las condiciones o términos que le fueron impuestos. Igualmente podrá llegarse a la conclusión de que es necesario que se presente una petición por la representación fiscal, en caso de que el desempeño del adolescente en dichos programas pudiera ser considerada como deficiente en cualquier momento, que puede ser:

Dentro del período de prueba de 6 meses, o

Dentro de los 90 días posteriores a la finalización del período de libertad condicional informal.

¿Puede un adolescente beneficiarse de un régimen de libertad condicional informal después de la presentación de una petición por la Fiscalía?

En muchos casos, el funcionario de libertad condicional va a remitir los hechos a la Fiscalía, junto con la recomendación de que sea presentada una petición en contra del adolescente involucrado ante una Corte Juvenil, pero también es posible que recomiende que sea concedida al mismo la libertad condicional informal. El Tribunal es quien tendrá la decisión final sobre este asunto. El juez debe considerar todas las pruebas y evidencias que sean relevantes y que se relacionen con:

  • La condición actual en que se encuentra el adolescente, y
  • El bienestar futuro del joven, esto es, lo que resulte en el mejor interés del menor.

Un juez puede decidir ordenar conceder un régimen de la libertad condicional informal, incluso en contra de la objeción de la Fiscalía o del funcionario del departamento de libertad condicional.

Si la Corte decide conceder un período de prueba informal, el caso continuará durante seis meses. Los progenitores o el tutor del adolescente deben estar de acuerdo en participar en cualquier programa para la educación o el asesoramiento que se estime requerido por la Corte, pero algo importante a tomar en cuenta es que para gozar de este beneficio no se exige que el adolescente tenga que reconocer que el contenido de la petición de la Fiscalía (los cargos) son ciertos.

¿Qué sucede si la conducta ejecutada por el adolescente es un DUI?

Si la ofensa alegada involucra una sustancia controlada o un cargo por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, el adolescente debe completar exitosamente un programa de educación sobre el consumo de alcohol o el uso de las drogas. No obstante, el hecho de que le sea concedida la libertad condicional informal no va a proteger al menor infractor de las consecuencias que pueden derivarse de la decisión administrativa que tome el DMV por conducir bajo los efectos de esa clase de sustancias.

¿Qué sucede cuando finaliza el régimen de libertad condicional informal del adolescente?

Al finalizar el período de seis meses, el adolescente deberá volver a presentarse personalmente ante la Corte Juvenil. Lo normal es que el funcionario que administró la libertad condicional del joven consigne, quince días antes de llevarse a cabo la referida audiencia, un informe que explicará al Juez cómo se ha desenvuelto el joven en el cumplimiento de su beneficio de libertad condicional, que demostrará su desempeño.

En el caso de que el joven haya logrado completar exitosamente su régimen de libertad condicional, la petición de la representación fiscal será desechada, en cambio, de ser insatisfactorio el desempeño del adolescente, la Corte podrá extender la duración del lapso de prueba. Bajo el escenario de que el joven no logre terminar exitosamente su régimen de libertad condicional, se dará inicio al procedimiento de la petición (cargos) de la Fiscalía, y en este escenario, la Corte tiene un período de un año que se cuenta a partir del momento en que se haya interpuesto la solicitud para reanudar el procedimiento y consignar la petición de la Fiscalía, para enjuiciar al joven.

¿Qué sucede con los hechos punibles considerados felonías y la posibilidad de que un adolescente disfrute de un beneficio de libertad condicional informal?

En primer lugar, se debe advertir que determinados casos tienen que ser remitidos a la Fiscalía para su juzgamiento ante el Sistema Juvenil de Justicia de California. Un adolescente que presuntamente haya ejecutado una felonía al momento en que contaba con catorce o más años, no podrá gozar de este beneficio procesal, salvo que se presente circunstancias que sean inusuales, las cuales serán valoradas por el Juez. De acuerdo con lo previsto en la disposición 654.3 del Código sobre Bienestar e Instituciones, una Corte podrá:

  • Opinar que un caso es muy inusual, en el cual el interés de la justicia será mejor servido con la concesión de este beneficio, y
  • Dejar constancia en el contenido de la decisión de las causas que dieron origen a esa decisión.

Hay que dejar expresa constancia de que, aunque se alegue que un menor que ha cumplido los catorce años o más y ha llevado a cabo un hecho punible que se puede calificar como una felonía, su abogado defensor siempre tendrá el derecho a solicitar que sea determinada por la Corte la existencia de estas circunstancias inusuales. En este sentido, una libertad condicional informal es una opción mucho mejor para un menor que la sentencia diferida, conforme lo establece la disposición 790 del Código sobre Bienestar e Instituciones de California, por cuanto:

  • El adolescente no tiene la obligación de admitir la comisión de la conducta ilícita,
  • El lapso de prueba es más corto,
  • Las condiciones y términos de su régimen de libertad condicional informal serán más benignos, y
  • El adolescente conservará el derecho a impugnar la petición de la Fiscalía, en caso de que se desempeñe de manera poco satisfactoria durante su régimen de prueba.

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A lo largo de este artículo, hemos podido explicarle cuales son las diversas maneras en las que un adolescente que ha llevado a cabo una conducta delictual que no sea calificable como una felonía, puede beneficiarse de una desviación por medio de un régimen probatorio informal, y de cómo podrá ser ayudado por programas especializados en las necesidades particulares que pueda tener, lo cual es infinitamente mejor que ser procesado ante el Sistema Juvenil de Justicia en Los Angeles. Debido a ello, si su hijo actualmente está haciendo frente a las consecuencias de haber ejecutado alguna de las conductas ilícitas que justifican su procesamiento ante las Cortes Juveniles, en sus manos se encuentra la posibilidad de proveerle de la ayuda experta que puede brindarle un abogado especializado en este sistema judicial, de modo que el adolescente pueda verse beneficiado con un programa de desviación que impedirá su procesamiento y que lo ayudará de mejor manera a convertirse en un futuro ciudadano cumplidor de las leyes e integrado totalmente con su comunidad, esa es una de las razones por las que debe comunicarse de inmediato con Los Angeles Criminal Lawyer.

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