Los delitos sexuales son considerados como una ofensa que se comete por medio de una conducta sexual que es contraria a la ley. Estos delitos son diversos y pueden darse a través de distintos comportamientos que van desde tocar las partes privadas de otra persona sin su consentimiento, hasta el delito de violación. Es importante destacar que esta clase de hechos delictivos podrán considerarse como graves o menores según la decisión del fiscal, y ser acusado por cometer alguno de estos actos acarrea grandes consecuencias legales en su contra, como tener un registro como delincuente sexual, ser condenado a prisión, además de que su imagen personal se verá afectada.

Es importante destacar que cometer estos actos delictivos en contra de un menor de edad empeora su situación, ya que todo el juicio será más complicado y aumentarán las posibilidades de sufrir consecuencias desfavorables.

Si usted actualmente ha sido acusado por alguno de estos delitos y se encuentra residiendo en la ciudad de Los Angeles, CA, solicite los servicios de nuestros abogados en la firma jurídica Los Angeles Criminal Lawyer los cuales tomarán su caso y elaborarán la mejor estrategia de defensa posible para resolver su situación. 

¿Qué se considera un delito sexual?

Se refiere a aquel delito que se realiza a través de una conducta sexual ilegal. En el Código Penal de California se establecen una serie de delitos que se consideran como delitos sexuales entre ellos destacan: la violación, la pornografía infantil, la exposición indecente, la agresión sexual, el estupro, los actos lascivos con un menor de edad y las conductas lascivas.

¿Qué delitos sexuales se encuentran previstos en el ordenamiento de California?

En el Estado de California son muchos los delitos que se incluyen dentro de esta categoría los cuales se exponen a continuación:

Pornografía Infantil

Según lo establecido en el Código Penal del Estado de California se entiende este delito como todo material en formato de audio o video, en el que se observa a una persona menor de 18 años realizando una actividad sexual explícita o que representa contenido sexual. Un ejemplo de este delito sería el compartir videos sexuales a través de redes sociales donde participan dos menores de edad, compartir fotografías de una joven desnuda, entre otros.

Es importante resaltar que al hablar de conductas sexuales se hace referencia a la felación, el coito anal, la masturbación, o cualquier exhibición de genitales con fines sexuales.

Por otra parte, existen algunas excepciones de conductas sexuales que no serían consideradas como pornografía infantil dado que el material no es considerado como obsceno, como es el caso de un menor de edad que esté emancipado, así como el matrimonio entre un menor y su cónyuge mayor de edad. Un ejemplo de este último caso sería una mujer menor de edad que se graba teniendo relaciones sexuales con su cónyuge siempre que este acto sea consensuado por las partes.

Consecuencias jurídicas: Este hecho punible es considerado como un “wobbler” motivo por el que puede ser calificado como delito mayor o delito menor tomando en cuenta la severidad de la situación. Aunque como la norma se subdivide en distintos apartados, dependiendo del apartado en específico que se haya vulnerado, se impondrán las sanciones. 

Sin embargo, las que se presentan a continuación son las sanciones estipuladas de forma general para este delito.

Si es condenado por delito menor:

  • Será condenado a prisión por un periodo máximo de un año en una cárcel del condad
  • Pago de multas hasta por una cantidad de $2.500.

En caso de ser condenado como delito grave:

  • Condena en prisión por un periodo entre 16 meses hasta 8 años.
  • Pago de multas por un valor máximo de $100.000.

Es importante señalar que en cualquiera de los dos casos el Juez puede imponer que sea registrado como un ofensor sexual, y el tiempo que deberá durar dicho registro depende de la calificación que se le haya dado al delito y de las consideraciones del Juez.

Exposición Indecente

Conforme a las leyes de California, este delito es definido como todo acto realizado de forma deliberada, en el cual una persona exhibe sus genitales en presencia de otro individuo que pudiera sentirse ofendido, todo ello con el motivo de satisfacer su deseo sexual u ofender al otro. Un ejemplo de este tipo de hecho delictivo sería cuando un hombre camina por las calles mostrando sus partes íntimas a las mujeres que transitan por allí con el objeto de satisfacerse.

Es importante destacar que no es necesario que usted se toque sus partes íntimas, es suficiente con que los enseñe para que se tenga consumado este delito. Así mismo, no debe estar del todo desnudo, basta con que sus genitales estén a la vista de cualquier persona a su alrededor.

Sin embargo, existe un conjunto de elementos que son necesarios para que sea procedente este delito:

  • Que la persona exponga sus partes íntimas desnudas a otra persona. Debe tenerse en cuenta que no se considera como un hecho punible usar cualquier prenda de vestir con transparencias.
  • Que la acción se realizó de forma deliberada: Es decir, se realizó de manera voluntaria e intencional de su parte, no siendo producto de un accidente, y
  • Que el propósito de la persona acusada es ofender al otro individuo, o satisfacerse sexualmente.

Consecuencias jurídicas: Estas sanciones van a depender si es considerado como una exposición indecente simple o una exposición indecente agravada, según las circunstancias del caso.

En caso de ser calificado como simple, si se considera delito menor sus sanciones serán las siguientes:

  • Prisión por un periodo máximo de 6 meses que deberá ser cumplido en la cárcel del condado.
  • Pago de multas por un valor máximo de $1.000.
  • Tener que registrarse como un delincuente sexual en nivel 1, es decir por un periodo de 10 años.

Por otro lado, en caso de tratarse de exposición indecente agravada, este se tomará como delito grave o menor, según las circunstancias del caso presentado y si la persona acusada cuenta o no con antecedentes penales. Si este es calificado como un delito menor se le aplicarán las mismas sanciones que en el delito de exposición indecente simple con la única diferencia de que el tiempo en prisión será hasta por 1 año.

Mientras que en caso de ser calificado como un delito grave será sancionado así:

  • Prisión por un tiempo que va desde los 16 meses hasta 3 años, que cumplirá en la prisión estatal.
  • Pago de multas por un valor máximo de $10.000.
  • Registrarse como delincuente sexual nivel 1, es decir por un periodo de 10 años.

Agresión Sexual

Según el ordenamiento jurídico de California se entiende por agresión sexual cuando se tocan los genitales de una persona contra su voluntad, con el fin de obtener satisfacción sexual, para excitarse o cometer abuso. Este delito se puede tener por consumado solo con el hecho de tocar por encima de la ropa sin el consentimiento de la persona. Un ejemplo de esta situación es tocar sin permiso los senos o los genitales de una mujer.

Para que se tenga como consumado dicho acto el fiscal debe probar los siguientes elementos:

  • Que el acusado tocó las partes privadas de la víctima.
  • Que el contacto fue directo (sobre la piel de la víctima) o indirecto (a través del contacto sobre su ropa).
  • Que el contacto se realizó sin el consentimiento de la víctima
  • Que la persona acusada lo realizó con la intención de excitarse, por satisfacción sexual, o por cometer abuso.

Consecuencias Jurídicas: Este delito es considerado como un “wobbler” por lo cual podrá ser considerado como delito menor o mayor.

Si es considerado como delito menor sufrirá:

  • Prisión por un periodo de 6 meses a 1 año que deberá ser cumplido en la cárcel del condado.
  • Pago de multas por un valor de no mayor a $2.000, y en caso de que la víctima fuera empleada de la persona acusada será de $3.000. como máximo.

En contrario, si se califica como delito mayor se sancionará de la siguiente forma:

  • Prisión por un periodo de 2 años como mínimo y un periodo de 4 años como máximo, que deberá ser cumplido en una cárcel estatal.
  • Pago de multas hasta por un valor de $10.000.

Estupro

Este delito se da cuando un individuo (menor o mayor de edad) mantiene relaciones sexuales con un individuo menor de 18 años. En este caso no se toma en cuenta que la víctima preste su consentimiento, ya que la ley considera que esta no tiene plena capacidad legal para poder mantener relaciones sexuales, por lo que se considera que su consentimiento no es válido. Un ejemplo de ello es cuando una pareja conformada por dos menores de edad mantiene relaciones sexuales (aunque ambos podrían ser acusados por este delito y ser víctimas a la vez), o también cuando se denuncia que un maestro mantiene relaciones sexuales con alguna de sus estudiantes de una escuela secundaria.

Consecuencias Jurídicas: En este delito se considera como un “wobbler” y por ello puede ser calificado como delito grave o menor.

Si es tomado como menor, se sanciona con:

  • Prisión por un periodo de 1 año en la cárcel del condado
  • Libertad condicional informal
  • Pago de multas por un valor de máximo $1.000.

Si se toma como delito grave se sancionará con:

  • Prisión por un tiempo de 16 meses, 2 – 3 años, y la máxima será 4 años si la persona acusada tiene 21 años o más y el afectado es menor a 16 años.
  • Libertad condicional formal y/o,
  • Pago de multas por un valor de máximo $10.000.

Violación

Según el ordenamiento de California se define este delito como una relación sexual no consensuada entre dos o más personas, donde se usa la fuerza, la coacción, o el miedo para cometer dicho acto. Se debe tomar en consideración que se castiga como violación aquel acto sin consentimiento cometido en contra de una persona inconsciente, intoxicada o que padezca de un trastorno mental.

Es por ello, que al referirse a este delito se hace énfasis en la violación en general, la cual incluye cualquiera de los demás escenarios establecidos los que pueden ser: el estupro, la violación a un acompañante o la violación conyugal.

Consecuencias Jurídicas: En caso de los castigos para este delito, dependerá del acto en que se incurra. La violación de forma general, es un delito mayor y se sanciona de la siguiente forma:

  • Prisión hasta por 8 años.
  • Libertad condicional formal.
  • Ser registrado como delincuente sexual en nivel 3, es decir para toda la vida.

Actos Lascivos con un menor

En lo establecido en el Código Penal de California se establece por este delito aquellos actos que son indecentes o de naturaleza sexual, y que son realizados contra una persona menor de 18 años. Estos actos conllevan, tocar voluntariamente a un niño de forma sexual, hacer que el menor toque a una persona con propósitos sexuales, o que se toque por sí mismo.

Consecuencias Jurídicas: las sanciones van a depender de cuántos años tiene el menor, la edad de la persona acusada y si se siguió un patrón de conducta. Es por ello que se condena de la siguiente forma:

  • Prisión desde 1 año hasta 10 años, y en otra situación se puede incluso señalar cadena perpetua en caso de tratarse de un niño de menos de 14 años de edad que sufrió daño corporal, o si el acusado se considera como delincuente sexual
  • Pago de multas por un valor que va desde $1.000 hasta $10.000.
  • El acusado debe ser registrado como delincuente sexual.

Conducta Lasciva

Según la normativa legal de California, está completamente prohibido que una persona realice actos lascivos en público o en un lugar que sea público, ya que esto va en contra de la moral. Un ejemplo de ello sería acariciar partes íntimas de una persona en un parque.

Consecuencias Jurídicas: esto es tomado como un delito menor y se sanciona con:

  • Prisión hasta por 6 meses en la cárcel del condado
  • Libertad condicional informal y/o,
  • Pago de multas hasta por un valor de $1.000

Registro de Delincuentes Sexuales

Lo que se conoce como registro de delincuentes sexuales es un sistema especial cuya finalidad es otorgarles a las autoridades la posibilidad de mantener un seguimiento de los delincuentes sexuales así estos hayan cumplido con sus condenas. En este registro se almacena información relevante de los mismos, como la ubicación de sus residencias y el conjunto de actividades realizadas por ellos.

En el Estado de California dicho registro es considerado como una de las diversas sanciones existentes para las personas condenadas por cometer algún delito de tipo sexual, según lo contenido en la (sección 290 PC). En este se explica que los individuos que hayan cometido algún delito de esta índole deben ser registrados con la denominación “delincuente sexual”, por lo que dicha persona está en la obligación de proporcionar datos personales, como el lugar de residencia, nombre, lugar de trabajo, o cualquier otro que sea necesario. En primera instancia el registro debe llevarse a cabo en una agencia local, para que dicha información proporcionada sea trasladada al Departamento de Justicia de California, con la finalidad que las autoridades tengan la posibilidad de llevar el seguimiento de todo individuo registrado.

Es un aspecto importante que la persona que haya sido condenada por dichos delitos renueve la información de su registro cada año, en un lapso de tiempo determinado (5 días luego del día de su cumpleaños), de igual forma, si la persona cambia de residencia dentro del lapso de tiempo por el que fue condenada a permanecer en el registro, está en la obligación de renovar su dirección y en caso de incumplir la orden emitida por el juez, podría ser sancionado.

Cabe aclarar que, el Registro de delincuentes sexuales es una base de datos disponible en un sitio web, por lo que cualquier persona puede acceder al mismo. Además, la duración del registro se determinará según sea la gravedad o magnitud del delito, y podrá estar dentro de los siguientes niveles:

  • El primer nivel está comprendido por 10 años
  • El segundo nivel por 20 años
  • El tercer nivel indica que el registro será para toda la vida.

¿Existen efectos negativos al estatus migratorio por delitos sexuales?

Un individuo hallado culpable por la comisión de delitos de índole sexual, como son, actos lascivos contra un menor, el proxenetismo, las agresiones sexuales, entre otros, tendrá que enfrentar consecuencias negativas para su estatus migratorio, como el ser considerado inadmisible para el ingreso al país o ser deportado, puesto que dichos delitos son considerados de bajeza moral.

Es por ello que, si usted no es un ciudadano de los EE.UU. se hace necesario que se evalúen aspectos legales como las leyes migratorias, con la finalidad de establecer la estrategia más adecuada a fin de evadir una condena como las anteriormente mencionadas. Una de sus posibilidades es pelear contra las acusaciones que sean hechas en su contra o intentar reducir los cargos por otros donde no se vea en riesgo su posibilidad de continuar en el país. Recuerde siempre consultar con su abogado de leyes criminales.

¿Qué estrategias son empleadas para la defensa en casos de delitos sexuales?

Lo mejor que puede hacer en caso de verse involucrado en un proceso legal de esta índole, es ponerse en contacto lo antes posible con un abogado especializado en delitos sexuales, quien podrá estudiar las características de su caso, a fin de establecer las estrategias más apropiadas para su defensa según sea el escenario legal en específico.

Para que su defensa sea sólida, diversos aspectos deben ser evaluados en profundidad, algunos de estos son los siguientes:

  • Las evidencias que serán usadas a su favor.
  • Las evidencias presentadas por el fiscal.
  • Las leyes que se apliquen al caso.
  • Las circunstancias en las que se realizó el delito.

Las estrategias más comunes empleadas para la defensa por cargos de delitos sexuales, son las siguientes:

  • Insuficiencia Probatoria: es considerada como una de las defensas más comunes, consiste en alegar que existe insuficiencia de pruebas en el caso, lo que quiere decir, que las pruebas introducidas por el fiscal, no demuestran nada en sí mismas, por lo que requieren de otras pruebas o indicios a fin de probar las circunstancias del caso.
  • Falsas Acusaciones: Es usual que se den denuncias falsas por este tipo de delitos con el objetivo de molestar, buscar venganza o conseguir otros tipos de beneficios, ya sea, conseguir un mejor acuerdo en casos de divorcios, que deporten a la persona, obtener una compensación económica para retirar la denuncia o adquirir en su totalidad la patria potestad de los hijos.
  • Incautación o registro ilegal: en casos donde el delito es por pornografía infantil, se emplea con frecuencia este tipo de defensa, en la cual se expresa que al momento del registro en el que se incautó la evidencia, se incumplieron las reglas indicadas en la ley para dicho procedimiento. Es por ello, que todo lo encontrado es ilegal, y tiene que ser eliminado del proceso.
  • Consentimiento por parte de la víctima: esto solo se puede alegar en caso de ciertos delitos, un ejemplo de esto sería que, no se realizo un acto de violación puesto que la víctima dio su consentimiento al llevar a cabo el acto sexual, esto solo es válido si los implicados cuentan con la mayoría de edad. Mientras que, si se trata de un hecho lascivo contra un menor, estupro, conducta lasciva, entre otros delitos, no se puede aplicar dicha defensa. Cabe destacar, que el abogado defensor puede emplear cualquier prueba, con el objetivo de demostrar el consentimiento.

¿Cómo contactar un abogado especialista en estos delitos cerca de mí?

Si usted actualmente se encuentra acusado por cometer alguno de los delitos sexuales explicados anteriormente, debe comunicarse con uno de nuestros abogados expertos del consultorio jurídico Los Angeles Criminal Lawyer, para que considere su caso en particular estudiando todas las posibles estrategias para su defensa y así solucionar su situación. Recuerde que ser acusado por estos delitos puede conllevar consecuencias jurídicas de mayor complejidad, entre éstas: pasar tiempo en prisión, ser condenado al pago de multas y tener que registrarse como delincuente sexual. Si se le exige cumplir con el registro, esto le traerá problemas futuros al momento de conseguir un empleo y su imagen personal se verá afectada.

Es por ello, que, si reside en la ciudad de Los Angeles, CA, comuníquese con nosotros a través del número telefónico 310-502-1314 y con gusto atenderemos su caso a la brevedad posible.