Tratar de asesinar a una persona, aunque se trate de un feto, es una conducta que la Ley de California castiga con severidad, por lo que si usted o uno de sus allegados está enfrentando una acusación por un intento de asesinato en Los Angeles, necesita la ayuda que podemos ofrecerle en Los Angeles Criminal Lawyer, ya que tenemos entre nuestros profesionales a abogados especializados en este tipo de hechos punibles, que pueden lograr que los cargos sean disminuidos o que, en el mejor de los escenarios, sean desestimados por la Corte.

Sin que esto pretenda convertirse en una asesoría legal formal, y con la finalidad de que quien nos esté leyendo entienda los aspectos legales más relevantes que se relacionan con esta clase de hechos ilícitos, hemos querido explicar algunos de ellos para que se pueda tener una mejor noción de la situación a la que tendrá que hacer frente en caso de ser acusado de intento de asesinato.

¿Cómo se define el intento de asesinato en California?

En primer lugar, se debe explicar que la conducta del intento de asesinato se regula en una disposición de carácter genérico que establece que tratar de ejecutar cualquier clase de hecho ilícito, fracasando en el intento, se considera un crimen en sí mismo. Nos estamos refiriendo al Código Penal, que en su disposición 664 indica además que intentar realizar un hecho punible es hacer un esfuerzo o ejecutar los pasos que se requieren para que un crimen se cometa, sin tener éxito en dicho propósito.

Dentro de este escenario, debemos relacionar la disposición antes señalada con el artículo 187 del mismo Código, que regula concretamente el crimen de asesinato y que se ejecuta en el momento en que un sujeto le arrebata la vida de una persona, aunque se trate de un feto, empleando malicia o premeditación de antemano. Lo anterior significa que se requiere el propósito o la intención de cometerlo. Entonces, en el caso de que el autor no logre su finalidad, porque su actividad se haya visto frustrada al no tener el resultado querido, se aplicará lo establecido en el artículo 664 como base legal para castigar un intento de ejecutar el crimen que está regulado en el artículo 187 del Código Penal.

Así, por la conjunción de las regulaciones contenidas en los artículos 664 y 187 del Código Penal de este Estado, un intento de asesinato es un crimen que es definido como aquel en que el autor tuvo el propósito de matar a un individuo, tomando acciones directas para ejecutar tal crimen, pero su víctima no fallece.

Otro aspecto que debemos señalar es que un intento de asesinato puede ser calificado como de primer grado o de segundo grado, y en ambos casos las penas de prisión son muy severas. Sin embargo, para que un intento de asesinato sea calificado como de primer grado se requiere demostrar que el autor llevó a cabo su acción de manera deliberada y premeditada, mientras que en la calificación de segundo grado se incluyen las demás clases de intento de asesinato.

Constituyen ejemplos de intento de asesinato las siguientes conductas:

  • Apuñalar con un cuchillo a un sujeto en una parte de su cuerpo en la que se encuentren órganos esenciales, con el propósito de acabar con su vida, y aun así su víctima no fallezca.
  • Dispararle a un sujeto en la parte superior del torso o en la cabeza, pero que el sujeto logre

Para ponerlo en palabras más sencillas, el crimen de intento de asesinato consiste en intentar, pero no lograr matar a una persona. De acuerdo con lo que hemos comentado, en California los elementos constitutivos de este hecho ilícito son:

  • El acusado ha llevado a cabo las actividades que se requieren para que se ejecute un asesinato,
  • El acusado dio por lo menos un paso o acción directa, aunque ineficaz, para matar a otra persona, y
  • El acusado tenía la intención de matar a ese individuo.

Completar las medidas que se requieren para llevar a cabo un asesinato

En este sentido, tiene que haber existido una planificación previa a la actuación, esto es, que el acusado ha preparado lo que necesita para poder lograr su objetivo, que es matar a un individuo o a un feto. De manera que, si un individuo ha tomado la decisión de apuñalar a un sujeto en el pecho en varias oportunidades para matarlo, se entiende que una medida preparatoria para ejecutar tal conducta es adquirir un cuchillo que le permita llevar a cabo su acción, o adquirir un arma de fuego con el objetivo de accionarla contra alguien.

Ejecutar un paso o acción directa

Además de planificar un asesinato, reuniendo lo que se requiere para hacerlo, se necesita que el acusado ejecute un paso o acción directa para lograr su objetivo. Se trata de poner su plan en marcha. Esto quiere decir que el asesinato habría podido ocurrir si un factor externo no hubiera interferido.

Por acción directa podemos entender cualquiera de los siguientes ejemplos:

  • Apuñalar a un sujeto en el pecho y que a pesar de ello logre
  • Disparar un arma hacia alguna persona y herirla, pero que haya logrado
  • Pagarle a otro individuo para que mate a alguien.

En este sentido, hay que entender que la sola planificación del acto, así como adquirir un arma que se pueda considerar mortal no son evidencias suficientes para que un acusado sea declarado responsable por este delito, tampoco lo será el hecho de que los planes para asesinar a un individuo sean descubiertos. No obstante, si el autor ha planificado su actuación, ha adquirido un arma, ha ingresado al lugar donde la persona vive para esperarla mientras llega y una vez que esto sucede, acciona el arma sobre ésta aunque sin lograr asesinarla, entonces se habrá perpetrado el hecho punible de intento de asesinato.

Intención de matar

Otro elemento constitutivo esencial es la intención, el propósito con el cual el acusado actuó, por lo que la Fiscalía está en la obligación de probar que el mismo tuvo el objetivo de arrebatarle la vida al individuo que resultó ser la víctima, lo que también incluye a un feto. De modo que si la acción tuvo lugar como consecuencia de un accidente o de un hecho externo como la fuerza mayor o por una negligencia, el acusado no podrá ser considerado responsable por este hecho ilícito.

Igualmente, no habrá posibilidad de declarar responsable a un sujeto por intento de asesinato si su intención nunca fue asesinar, sino que quería advertir, herir o amenazar a la víctima, en cuyo caso se deben formular cargos por otra clase de hecho punible, cuyas sanciones pueden ser menos graves.

Además, resulta importante el lugar en el que se hayan provocado las lesiones. Así, cuando la lesión se produce en la sección superior del cuerpo, como el torso, se considera que indica que se trató de un intento de asesinato con premeditación. La razón de ello es que esa es el área en la que se encuentran los órganos esenciales y vitales del cuerpo humano. En cambio, si las heridas se produjeron en la sección inferior del cuerpo, se considera que eso es indicativo de una intención de causar lesiones. Aunque el acusado haya tenido el propósito de matar, si la herida fue recibida en una pierna, será difícil para la Fiscalía probarlo.

Incluso puede ocurrir que el autor tenga el propósito de matar a su víctima y haya hecho todo lo necesario para lograr su cometido, pero que la víctima haya tenido suerte y lograra salir del atentado sin ninguna lesión. Igualmente será muy difícil para la Fiscalía demostrar que se ha cometido un intento de asesinato, utilizando pruebas circunstanciales para demostrar la intención.

Ejemplos

Analicemos algunos ejemplos de lo que hemos explicado:

  • Un oficial policial está en persecución de un presunto delincuente, quien se detiene a cierta distancia del oficial, se da la vuelta y le apunta con un revólver. La persona intenta dispararle al agente y su arma se atasca, por lo que el policía no sufre ninguna herida. Bajo estas circunstancias, se puede concluir que el acto de intentar disparar al agente policial podría sugerir que la persona tuvo la intención de matar.

Ahora bien, no es necesario que la Fiscalía tenga que demostrar que el acusado tuvo la intención de matar a una determinada persona en concreto, basta con que se demuestre que tuvo el propósito de asesinar a alguien.

  • Por rivalidades de vecindarios, unos sujetos deciden circular en el interior de un auto por una determinada calle en la que se reúnen los que consideran como sus enemigos, y lo hacen disparando armas de fuego desde el vehículo, dirigiendo sus disparos hacia un grupo reunido en una acera, sin un objetivo específico. Como resultado de los disparos, una de las personas que se encontraba en el lugar resultó herida de bala. En este caso la Corte podría condenar al que disparó por intento de asesinato, aunque no tuviera el propósito de dispararle a un sujeto en particular, ya que dispararle a quienes estaban reunidos en la acera es suficiente para que se configure este hecho punible.

¿La teoría de la zona de muerte es aplicable en California?

Sí es aplicable. Esta teoría supone que el autor de un intento de asesinato también debe ser considerado responsable por el fallecimiento de otros individuos durante la ejecución de un intento de asesinato contra una persona concreta.

Pensemos en el caso de que un sujeto quiere matar a un individuo colocando una bomba en su vehículo. El propósito del autor es asesinar a una persona en concreto, pero en el momento en que debía explotar el artefacto esa persona estaba acompañada en el automóvil de unos amigos y debido a algún defecto, la bomba no explotó. El acusado tuvo la intención de matar a una persona concreta, pero si la bomba hubiera explotado, es probable que hubieran fallecido varios individuos.

En ese caso, la Corte podría condenar al acusado de intento de asesinato por cada pasajero y para aplicar la teoría de la zona de muerte no se requiere que el acusado haya podido prever la posibilidad de que otros individuos pudieran resultar muertos por su acción.

¿De qué manera es calificado este delito en California?

Antes hemos indicado que el intento de asesinato se puede calificar como de primer grado o de segundo grado, en función de las circunstancias que hayan concurrido con los hechos.

Si se califica como de primer grado, es porque ese intento de asesinato se perpetró de manera premeditada, esto es, que el autor previamente pudo pensar de forma cuidadosa y detallada cómo iba a ejecutar el acto.

En cambio, para que sea calificado como de segundo grado se exige que el hecho no se haya perpetrado de forma premeditada, pero tampoco debe tratarse de una actividad realizada de forma pasional debido al calor de un momento, porque de ser así, estaríamos refiriéndonos a un hecho punible diferente que es la tentativa de homicidio voluntario.

Pensemos a modo de ejemplo que un sujeto llega sorpresivamente a su casa y consigue a su pareja engañándolo con otro individuo en su propia cama, por lo que saca un revolver y dispara sobre el hombre, quien no muere pero queda gravemente herido. En este caso el autor no podría ser acusado de intento de asesinato, porque actuó pasionalmente, al calor de un momento, de modo que podría ser acusado de intento de homicidio voluntario. Caso distinto es aquel en que un sujeto sabe que su esposa le engaña con otro y planifica la forma de matarlo cuando pase por un determinado lugar, lo espera allí y le dispara hiriéndolo de gravedad. Este sí sería un caso de intento de asesinato, porque hubo intencionalidad y premeditación.

¿Cuáles son las sanciones que se pueden imponer por cometer este delito en California?

El intento de asesinato es considerado un hecho ilícito tan grave como un asesinato en sí mismo de acuerdo con la ley de este Estado. Lo que usualmente ocurre es que la condena que se impone será la equivalente a la mitad de las sanciones privativas de libertad que se hubieran podido imponer en caso de que el perpetrador hubiera cumplido con su objetivo, es decir, asesinar.

Ahora bien, la gravedad de las sanciones también va a depender de la calificación que haya sido dada a los hechos, porque antes hemos explicado que este delito puede ser considerado como de primer grado o de segundo grado.

Si se califica como de primer grado, podrán imponerse las penas que señalamos a continuación:

  • Sentencia de cadena perpetua con una opción a un régimen de libertad condicional controlado o formal;
  • Multas que pueden llegar a la suma máxima de diez mil dólares; y/o
  • Indemnizar económicamente a quien haya resultado víctima del hecho.

Ahora bien, si esta conducta se ejecuta contra un individuo que debido a su profesión, cargo u oficio está protegido por las normas, como un bombero, un salvavidas o un agente de policía, mientras se encuentran ejerciendo sus funciones, se exigirá al procesado cumplir con un mínimo de quince años de prisión antes de poder solicitar la libertad condicional.

No obstante, si es calificado como de segundo grado, se impondrán las penas que se enuncian a continuación:

  • Pena privativa de libertad en una prisión estatal entre los cinco y los nueve años;
  • Multas que pueden llegar a la suma máxima de diez mil dólares; y /o
  • Indemnizar económicamente a quien haya resultado víctima del hecho.

Tenga en cuenta además que si en los hechos estuvieron involucradas armas de fuego, el procesado probablemente perderá el derecho a adquirir o portar armas.

¿Es aplicable la Ley de los Tres Delitos y Fuera en un intento de asesinato?

También conocida como Ley sobre Reincidencia. Esta ley establece que algunos hechos ilícitos que se consideran violentos o graves, como el intento de asesinato, constituyen un “strike”, siendo una advertencia al condenado para que no incurra en otro “strike”, porque de hacerlo, se le impondrá al acusado el doble de las sanciones que correspondan al nuevo delito por el cual ha sido juzgado, y si comete el tercer “strike”, entonces la condena podrá ser de veinticinco años a tener que cumplir cadena perpetua.

Esta ley aplica en los casos donde se dicta una condena por intento de asesinato.

¿Existen otras circunstancias por las que se pueda incrementar la condena por este hecho ilícito?

Una circunstancia agravante es un hecho que no necesariamente tiene que concurrir en la ejecución de un delito, pero si lo hace, podrá dar origen a la imposición de penas adicionales que tendrán que ser cumplidas de forma consecutiva.

En el caso del intento de asesinato existen dos circunstancias agravantes que pasamos a explicar:

  • PC 22 – Intento de asesinato para favorecer a alguna pandilla callejera. En caso de que un intento de asesinato se haya llevado a cabo para favorecer o por órdenes o con la asociación de una pandilla, la pena privativa de libertad que se impondrá de forma adicional y que se cumplirá consecutivamente se encuentra entre los quince años y una cadena perpetua.
  • PC 53 – Intento de asesinato empleando armas de fuego para cometerlo. Si este es el caso, la pena adicional que tendrá que cumplir el condenado de forma consecutiva van a depender de cómo haya sido empleada el arma. Si sólo se usó para amenazar, apuntar o sólo tenerla en su mano, la prisión será de diez años más; en cambio, si llegó a dispararse el arma, la prisión adicional será de veinte años; y si gracias al disparo se ha ocasionado en la víctima una lesión grave, la prisión adicional será de veinticinco años a sentencia de cadena perpetua.

¿Cuáles son los argumentos de defensa que se emplean frente a un cargo por este hecho ilícito?

No se debe perder la esperanza nunca, porque aunque el procesado crea que su situación legal es complicada y que seguramente va a ser condenado, la labor de un abogado criminalista especializado podrá lograr una mejoría sustancial de la misma, con una reducción de los cargos y en el mejor de los escenarios, la desestimación de los mismos, por lo que el acusado debe asegurarse de contar con la asesoría experta, que podrá seleccionar la estrategia de defensa adecuada, entre las cuales podemos mencionar las siguientes:

  • El acusado no tuvo el propósito concreto de matar.
  • El acusado no ha ejecutado ningún paso o acción directa para cometer el hecho ilícito que se le imputa.
  • El acusado actuó en defensa propia o de un tercero.
  • La identificación errónea.
  • La acusación falsa.

¿Cuáles son los delitos que se relacionan con un intento de asesinato?

  • 246 PC – Disparar a un vehículo automotor ocupado o contra una vivienda ocupada.
  • 26100 PC – Disparar desde un automóvil.
  • 206 PC – Tortura.
  • 192 PC – Intento de homicidio voluntario.
  • 401 PC – Intento de dar asistencia para un suicidio.
  • 653f PC – Solicitar a otro que ejecute un hecho ilícito.

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No permita que una acusación por esta clase de delito produzca efectos nefastos en su vida, no sólo porque implica cumplir una pena en prisión, pagar multas cuantiosas e indemnizaciones a la víctima, sino que también existe la posibilidad de perder su derecho a adquirir o portar armas y que se modifique gravemente su situación migratoria, pudiendo ser sometido a un procedimiento de deportación o ser declarado inadmisible. Si ha sido acusado de intento de asesinato en Los Angeles, necesita de la ayuda experta que pueden darle los abogados expertos que laboran en Los Angeles Criminal Lawyer, que conocen perfectamente este procedimiento y podrán encontrar la mejor estrategia de defensa para su caso.

¡No permita que los hechos que se le imputan le cambien la vida! El primer paso para ello es llamar al número 310-502-1314, donde recibirá una atención personalizada, permitiéndole agendar su primera cita gratuita, para aclarar sus dudas y contestar sus interrogantes.