En el Estado de California, el conocimiento es poder cuando se trata sobre el cultivo y el uso legal de la marihuana. Las leyes de California sobre sustancias controladas han cambiado en los últimos años, aun así, sería un error pensar que un arresto por cargos de drogas no es un asunto serio.

A partir de enero de 2018, es legal el uso recreativo de la marihuana en California, lo cual fue el resultado de la aprobación de la Propuesta 64 por parte de los votantes en noviembre de 2016. Sin embargo, todavía existen muchas leyes que restringen el uso de esta sustancia. Por esta razón, es importante que las personas conozcan y comprendan estas leyes para no arriesgarse a un arresto.

Obtener asesoría legal de un abogado especialista en leyes sobre marihuana

Si bien se ha despenalizado el uso de la marihuana con fines medicinales y su uso por parte de adultos mayores de 21 años (aunque bajo ciertos límites), las versiones sintéticas y los productos derivados, son ilegales de poseer o vender.

En California, muchas personas desconocen las normativas y restricciones frente a la posesión, cultivo, venta y transporte de esta sustancia, por ese motivo diariamente son presentados cargos por posesión de marihuana, venta de marihuana y hasta cultivo de marihuana en lugares donde menores de edad tienen fácil acceso, entre otros.

Si usted o algún familiar se encuentran implicados en alguna situación de este tipo, no dude en contactar con un abogado penalista perteneciente a Los Angeles Criminal Lawyer ubicado en Los Angeles, CA. Nuestro equipo de profesionales tiene amplia experiencia en estos casos y está dispuesto a brindarle la mejor asesoría y estrategias de defensa para luchar frente a los cargos que hayan sido formulados en su contra.

 

Regulación Legal de la Marihuana en California

La marihuana comprende todas las partes que conforman la planta Cannabis Sativa, incluyendo si está siendo cosechada o no. Asimismo, las semillas o resinas extraídas y compuestos derivados son tomados en consideración.

Los casos de marihuana suelen ser juzgados con mayor indulgencia que los delitos que implican el uso de otros estupefacientes y por ello son tratados de manera independiente, es decir, no se mezclan con situaciones donde se involucran otras drogas.


¿Qué es el Cannabis Concentrado?


El Cannabis Concentrado también conocido como “hash” o “hachís” es definido como la resina que se separa de la marihuana, bien sea cruda o purificada.

Según lo establecido por las leyes de California, es legal producir, poseer y cultivar cualquier concentrado de este tipo siempre que tenga una licencia para hacerlo y la edad permitida. Sin embargo, tome en consideración si usted consume cannabis concentrado con fines recreativos no debe tener más de 8 gramos en su posesión.

Si usted incumple alguno de los términos expuestos anteriormente, se enfrentará a duras penas. Por ejemplo, si usted produce cannabis concentrado sin licencia o autorización para hacerlo, las sanciones se impondrán en función del método que usted emplee. Por ejemplo, si utilizó la síntesis química, podría enfrentarse a las siguientes consecuencias:

  • Cumplir condena en prisión por un mínimo de tres años hasta 7 años;
  • Pagar una multa por una suma no excedente a $50.000.

Asimismo, si tiene una dosis mayor de 8 gramos de cannabis concentrado en su posesión esto constituye un delito menor, lo cual implicaría cumplir las siguientes sanciones:

  • Cumplir condena de prisión hasta por seis meses;
  • Multa por un valor no excedente a $500.

Posesión simple - Código de Salud y Seguridad 11357

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 11357 poseer más de 28.5 gramos de marihuana u ocho gramos de cannabis concentrado (más de una onza) para uso personal puede estimarse como infracción o delito menor. En el primer caso podría ser penado con multa, asistencia a programas, servicio comunitario. Pero en el segundo caso puede incluir un tiempo en prisión. Igualmente, quien viole este estatuto por primera vez deberá asistir a un programa de rehabilitación de drogas.

Tome en consideración que para consumir o poseer marihuana en el Estado de California la ley establece que usted debe ser un adulto mayor de 21 años, de lo contrario estaría cometiendo una infracción que será penada, aunque dependiendo de las circunstancias podría recibir cargos por delito menor. También debe tener en cuenta que el consumo o posesión de esta sustancia debe ser realizado en un lugar privado y autorizado, de hacerlo en una zona pública o en un sitio donde esté prohibido será sancionado. Igualmente, si usted vive en un departamento arrendado deberá solicitar la autorización del dueño/propietario para consumir esta sustancia en dicha área, pues él tiene el derecho de prohibir que usted consuma dentro de su propiedad si así lo desea.

Es importante resaltar que infracción y delito menor no son lo mismo. Una infracción conlleva a sanciones diferentes a la pena de prisión ya que solo se impone multa. Por el contrario, un delito menor puede implicar un tiempo en la cárcel.

A continuación, serán expuestas las sanciones a las que puede enfrentarse un menor de edad si viola cualquiera de las restricciones mencionadas:

Como infracción las sanciones aplicables son las siguientes:

  • Por poseer marihuana o cannabis concentrado: Recibir asistencia sobre drogas y realizar servicio comunitario (menores de 18 años).
  • Por poseer más de 28,5 gramos de marihuana o más de 4 gramos de cannabis concentrado: Recibe asesoramiento acerca de drogas y realiza servicio comunitario (menores de 18 años).
  • Por poseer marihuana o cannabis concentrado en los terrenos de una escuela K-12: Recibe asesoramiento sobre drogas y realiza servicio comunitario (menores de 18 años).

Ahora bien, por cometer un delito menor podría enfrentarse a las siguientes penas:

  • Por poseer marihuana o hachís en los terrenos de una escuela K-12: Pagar una multa por un valor no excedente a $250 si es la primera vez que comete el delito (mayores de 18 años)
  • Por exceder el límite establecido para la posesión de marihuana: Cumplir una condena en la cárcel hasta por seis meses; y/o pagar una multa por un valor no excedente a $500 (mayores de 18 años)

Cultivo - Código de Salud y Seguridad 11358

Según lo establecido por el Código de Salud y Seguridad de California, al igual que para poseer y consumir, el cultivo legal de la marihuana puede realizarse a partir de la edad de veintiún años en adelante. Si usted cumple con este requisito, podrá legalmente plantar, cultivar o cosechar hasta seis plantas.

Sin embargo, si usted excede la cantidad de plantas permitidas de acuerdo con la ley esto representará un delito menor que puede ser penado con una condena en prisión hasta por seis meses y/o pagar una multa que no exceda la suma de $500. 

Ahora bien, cultivar plantas de marihuana podría configurar un delito grave si usted ha violentado algún estatuto de las leyes ambientales, tiene condenas previas por cultivar más de las plantas permitidas, o si tiene registrado en sus antecedentes algún delito sexual o violento. De ser así las penas que podría enfrentar pueden incluir:

  • Cumplir hasta tres años en la prisión del condado;
  • Pagar una multa no excedente a la suma de $10.000

Es importante mencionar que si un individuo no cumple con la edad legal establecida e igualmente decide cultivar marihuana, esta conducta será sancionada como una infracción, lo que significa que si tiene menos de 18 años deberá asistir a asesorías sobre drogas y realizar servicio comunitario. No obstante, si el individuo tiene 18 años o más implica que pague una multa por un valor no excedente a la suma de $100.

Venta de marihuana sin licencia - Código de Salud y Seguridad 11360


De acuerdo con lo establecido por la legislación de California, usted solo podrá vender cannabis comercial como parte de la industria legal del cannabis si cuenta con la licencia para hacerlo. Esta licencia es emitida a las empresas de cannabis a través de una Oficina de Control de la Marihuana. Si usted no cuenta con una licencia y de igual forma vende o transporta marihuana para venderla, podría enfrentarse sanciones menos indulgentes que las anteriores. 

La venta de esta sustancia sin disponer de una licencia podrá ser calificada como delito menor o mayor por el Fiscal. En este orden de ideas, si el delito es procesado como delito menor, usted podría enfrentarse a las siguientes sanciones:

  • Cumplir condena en prisión hasta por seis meses;
  • Pagar una multa no excedente a la suma de $500.

En cambio, si el delito es calificado como delito grave, entonces las sanciones aumentarán considerablemente de la siguiente forma:

  • Cumplir condena en prisión por el término de dos, tres o hasta cuatro años;
  • Pagar una multa no excedente a la suma de $10.000.

Es importante resaltar que también se califica como delito grave la venta de marihuana sin licencia para los siguientes acusados:

  • Aquel acusado que tenga en su historial alguna condena previa por algún delito de la categoría de delitos violentos graves, incluyendo homicidio, asesinato, o cualquier delito sexual por el cual se haya tenido que registrar como “delincuente sexual”;
  • El acusado que haya sido condenado en dos o más oportunidades por venta o transporte de marihuana sin licencia;
  • Acusados que vendieron, intentaron vender u ofrecieron suministrar marihuana a un menor de 18 años; y
  • Acusados que transportaron o tenían la intención de transportar para la venta más de 28.5 gramos de marihuana o más de cuatro gramos de cannabis concentrado fuera de California.

En cualquiera de los casos expuestos, esta acción se considerara como venta en el mercado negro o transporte para la venta de marihuana ilegal bajo lo establecido en el artículo 11360, y esto será castigado con dos, tres o cuatro de cárcel.

Sin embargo, para que usted sea condenado por cometer este hecho punible, más allá de toda duda razonable el Fiscal deberá probar los elementos constitutivos del delito. Cabe resaltar que no bastará con que el acusado tuviese en su poder la marihuana, sino que se tendrá que demostrar la intención que tenía de venderla.

A continuación procederemos a mencionarle algunas de las pruebas que el Fiscal podrá utilizar en la Corte con el objetivo de demostrar más allá de toda duda razonable, que la intención del acusado era vender marihuana:

  • El acusado tenía una suma considerable e injustificable legalmente de dinero en efectivo;
  • El acusado tenía empaquetadas dosis considerables de marihuana;
  • El acusado tenía instrumentos tales como químicos, balanzas, y demás elementos que son usados para tratar esta sustancia.

Es relevante que usted tome en consideración que si el Juez emite una condena en su contra por un delito grave, se encontrará en la obligación de revelar esta sentencia si en alguna entrevista de trabajo solicitan dicha información. Asimismo, si usted es condenado por un delito grave tampoco podrá portar o poseer ningún tipo de arma de fuego, pues le será prohibido de por vida.


Venta de marihuana a un menor - Código de Salud y Seguridad 11361

De acuerdo con el Artículo 11361, cualquier acto que implique vender, proporcionar, administrar, o regalar marihuana a un menor de edad por parte de un adulto será considerado como un delito grave.

Si el acusado proporcionó esta sustancia a un menor de 13 años o menos y es declarado culpable, esto implica que pase un tiempo comprendido entre 3 hasta 7 años en la prisión estatal. Sin embargo, si el menor tenía entre 14 y 17 años las penas se reducirán a un mínimo de 3 años hasta 5 años en una prisión estatal.

Conducir bajo la influencia de la marihuana

Conducir bajo los efectos de la marihuana o cualquier otra sustancia controlada constituye una infracción que de acuerdo a la ley será sancionada. En California no está permitido manejar bajo ningún concepto un vehículo estando bajo la influencia de la marihuana.

Asimismo, de acuerdo por lo establecido en el Código Vehicular, está prohibido conducir teniendo en su posesión alguna dosis de cannabis o marihuana que supere el límite establecido por la ley, de lo contrario, usted deberá pagar una multa no excedente a la suma de $1.000.


Venta de parafernalia

Se denomina parafernalia a los instrumentos que son utilizados para cultivar, cosechar, procesar, y almacenar el cannabis, tales como químicos o balanzas. La venta de un instrumento destinado a cualquiera de los puntos mencionados anteriormente por parte de un negocio, será legal siempre que se tenga una licencia o autorización para ello, de lo contrario, podría constituir un delito menor, lo cual implicaría serias consecuencias legales que comprenden cumplir condena hasta por un periodo de seis meses en prisión, y/o pagar una multa por un valor no excedente a $500.

Marihuana medicinal

De acuerdo con la Ley de Uso Compasivo de California de 1996 establecida en el Artículo 11362.5 del Código de Salud y Seguridad, si un médico certificado determina que la salud de un individuo se beneficia del uso de la marihuana en el tratamiento del cáncer, anorexia, sida, dolor crónico, espasticidad, glaucoma, artritis, migraña, o cualquier otra enfermedad seria, éste podrá ser calificado como un “paciente calificado para usar la marihuana medicinal”. Si usted ha sido calificado para usar la marihuana con fines medicinales, podrá adquirir una tarjeta que lo identifique como un paciente calificado.

Si usted se beneficia del uso de la marihuana medicinal, no serán aplicados los límites de cantidad impuestos a las actividades recreativas. Es decir, con la recomendación de un médico, usted puede poseer y consumir marihuana tanto como su condición lo exija razonablemente.

Es importante mencionar que las personas menores de 21 años igualmente pueden usar  y cultivar la marihuana medicinal con la recomendación de un médico, y si son menores de 18 años, con el consentimiento de sus padres.

Asimismo, de acuerdo con las leyes de marihuana medicinal de California se autoriza la posesión, el cultivo, y administración de marihuana medicinal, siempre que esta cumpla con ser exclusivamente para el uso del paciente, y que la cantidad sea equivalente con las necesidades médicas del mismo.

Sin embargo, está prohibida la venta, posesión o cultivo por más de lo que esté razonablemente relacionado con el uso médico del paciente.

La Ley Federal y el uso de la marihuana


De acuerdo con lo establecido por los estatutos federales el cannabis o la marihuana forman parte de la lista de las drogas ilícitas, incluso ni siquiera su uso medicinal es aceptado. Tomando en cuenta que las Leyes Federales, por su jerarquía, están por encima de cualquier ley estatal, si un individuo vende o transporta esta sustancia en cualquier Estado de los Estados Unidos, legalmente estará violentando esta ley.

Sin embargo, existen algunas excepciones frente a los estatutos federales que estiman el uso de la marihuana como una práctica ilegal, pues realmente el Estado no detiene o procesa a los individuos que consumen marihuana con fines medicinales, ni tampoco a los proveedores. Esta contrariedad se debe a que la regulación de esta sustancia no es relevante frente a las nuevas investigaciones acerca del beneficio que representa el consumo de marihuana en determinados pacientes y casos de salud. De hecho, finalizando el año 2020, la Cámara de Representantes de EE.UU durante una reunión aprobó un proyecto para despenalizar la marihuana, no obstante, aún no se ha concretado.

¿Qué consecuencias implica ser condenado por un delito de esta índole en un proceso migratorio?

Muchos ciudadanos no americanos que se encuentran en California creen que el uso de la marihuana, de acuerdo a las leyes, no perjudica su estatus migratorio. Desafortunadamente, esto no es del todo cierto. Poseer, cultivar o trabajar en la industria de la marihuana, aún se considera como una actividad ilícita de acuerdo con las leyes federales. Igualmente, la Ley de Inmigración y Nacionalidad Federal trata toda actividad relacionada a la marihuana como un delito grave agravado. Tome en consideración que un delito que se clasifique de tal manera implica severas consecuencias que incluyen la deportación o ser declarado como inadmisible.

Asimismo, cualquier trámite como aplicar para ser residente permanente o solicitar la ciudadanía, podría verse paralizado si usted es detenido por posesión de marihuana, o violenta alguna de las leyes que ya han sido expuestas. Incluso, aun siendo un residente legal podría verse afectado.

Por ese motivo, recomendamos que evite usar la marihuana hasta que sus trámites hayan culminado con éxito. No obstante, si usted es un no ciudadano y ha sido acusado de cometer algún hecho punible relacionado con el consumo o venta de esta sustancia, no dude en contactar con un abogado penalista especializado de Los Angeles Criminal Lawyer para recibir toda la asesoría legal posible.

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Como ha podido observar, las actividades relacionadas con la marihuana así como de cualquier sustancia derivada de esta, pueden estimarse como un delito en determinadas circunstancias, y las penas que se han de enfrentar son perjudiciales para la vida y el futuro del condenado. Una condena implicaría modificar el estatus migratorio para aquellos que no son ciudadanos americanos. Igualmente, como ha sido expuesto, podría conllevar a enfrentar una condena en prisión o pagar multas.

Tomando en cuenta lo mencionado anteriormente, si usted o algún ser querido ha sido acusado por cometer algún hecho punible relacionado con la venta o tenencia de esta sustancia no debe pasar por esto solo, nosotros lo acompañaremos. Si se encuentra en el condado de Los Angeles, CA, nuestro equipo de abogados penalistas pertenecientes a la firma Los Angeles Criminal Lawyer tiene amplia experiencia con estos casos, por ello sabremos cómo emplear las herramientas necesarias para derribar los cargos en su contra.

Si tiene alguna duda o inquietud frente a su situación legal o las leyes que han sido expuestas, no dude en llamar al número 310-502-1314 y gustosos le brindaremos toda la información que usted necesite a través de una consulta completamente gratuita, estamos a su disposición.