El hurto menor se trata de una conducta delictiva que consiste en privar a su dueño de un bien cuyo valor no exceda los novecientos cincuenta dólares, y es un hecho ilícito que se castiga con severas multas y penas privativas de libertad, junto con la posibilidad de tener que sufrir otro tipo de consecuencias a nivel personal, como manchar su buen nombre y reputación y hasta modificar significativamente su situación migratoria, ya que se considera un crimen de vileza moral.

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En Los Angeles esta clase de hechos punibles son muy comunes y se castigan severamente, de manera que si usted o alguno de sus allegados se encuentra enfrentando cargos por este hecho punible, necesita los consejos de un abogado penalista que se especialice en esta clase de delitos y en Los Angeles Criminal Lawyer tenemos a los mejores.

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Este artículo no pretende convertirse en una especie de asesoría legal para estos casos, pero sí tenemos la intención de que nuestro lector entienda las consecuencias a las que podría estar enfrentándose. A continuación vamos a explicar de manera sencilla los aspectos más importantes de una acusación de esta naturaleza, así que continúe leyendo para adquirir más información.

¿Cómo está regulado el delito de hurto menor en California?

De acuerdo con el artículo 484 del Código Penal, constituye un hurto menor tomar de forma ilegal una propiedad de otro sujeto, con el propósito de privarlo de la misma, siempre que su valor no supere los novecientos cincuenta dólares. En caso de que su valor sea mayor, estaríamos refiriéndonos a otra clase de delito que es el hurto mayor.

Ahora bien, existen algunos bienes en los que la acción ilícita de hurtarlos se considerará siempre como un hurto mayor, con independencia de cuál sea su valor, como es el caso de un arma de fuego o un vehículo.

Puede decirse que la regulación establecida en el artículo 484 antes mencionado es muy genérica, al punto de poder afirmar que todos aquellos casos no calificados como hurto mayor constituirán un hurto menor, tomándose en cuenta las siguientes características para que sean considerados como tales:

  • El objeto o propiedad hurtada tenga un valor que no supere los novecientos cincuenta dólares.
  • El objeto o propiedad hurtada no se trate de armas de fuego o automóviles, con independencia de cuál sea su valor.

Algunos ejemplos de este tipo de delito son:

  • Tomar una manguera del patio trasero de un vecino y no tener la intención de devolver
  • Probarse una camisa en una tienda y dejársela puesta, logrando salir de ella sin pagarla.
  • Tomar el teléfono inteligente de uno de sus compañeros del trabajo y llevárselo a su casa con el propósito de apropiarse de él.

¿Cuáles son los elementos que se deben demostrar para que se dicte una sentencia de condena por este hecho ilícito?

Con el objetivo de que el acusado sea encontrado culpable por este delito en la Corte, la Fiscalía tiene que probar la concurrencia en los hechos de los siguientes elementos constitutivos:

  • El acusado tomó posesión de un objeto que pertenece a otro individuo,
  • El acusado se apoderó de dicha propiedad sin el consentimiento del propietario,
  • Cuando el acusado se apoderó de la propiedad, tuvo el propósito de privar a su propietario de forma permanente de ella, y
  • El valor del objeto hurtado no supera los novecientos cincuenta dólares ni se trata de armas de fuego o de un automóvil.

Con la intención de aclarar aún más la conducta a la que nos estamos refiriendo, debemos decir que el hurto menor no sólo se configura cuando un sujeto se apropia indebidamente de un objeto que no le pertenece, sino que también se entiende ejecutado cuando lo que se ha hurtado es dinero en efectivo o se trata de las actividades laborales de otro individuo, como puede ser que el acusado haya contratado los servicios de otro para instalar nuevas tuberías en su cocina y luego no le pague al trabajador por los servicios.

También es importante señalar que si un individuo ha tomado indebidamente varios objetos o propiedades ajenas, la acción de tomar cada uno de ellos será considerada como un hurto individual, de modo que podrá ser acusado por varios hurtos menores de manera separada, teniendo que hacer frente a varios cargos, salvo que los objetos hayan sido tomados en una misma acción delictiva. Para explicarlo mejor, si un individuo tomó indebidamente de la habitación de un amigo una laptop y con posterioridad se llevó una consola de videojuegos, deberá hacer frente a dos acusaciones por hurto menor, pero si en una misma ocasión tomó la laptop y la consola, se formulará un solo cargo, ya que se entiende que el hecho ilícito se cometió en un acto único o continuo.

Con el objetivo de aclarar aún más algunos de los términos legales que se relacionan como la comisión de este delito, vamos a explicar varios aspectos relacionados:

El individuo privado del objeto no tiene que ser necesariamente su dueño

La víctima del hurto no tiene que ser necesariamente el dueño de la propiedad para que se entienda cometido este crimen. Es suficiente con que la víctima esté en posesión de la misma. Esto quiere decir que a los efectos del artículo 484 PC, "propiedad" y "posesión" pueden considerarse los mismos términos.

Intención de privar a la otra persona de un objeto

Para demostrar que un acusado tenía la intención de privar de su propiedad a su dueño de forma permanente, basta con demostrar que:

  • El acusado tenía la intención de privar a un propietario del valor principal de su propiedad, y
  • Esta intención fue por un tiempo determinado.

Hay que tener en cuenta que un acusado puede intentar defenderse de una acusación de hurto demostrando que tenía la intención de devolver la propiedad que tomó. Sin embargo, debe devolver la propiedad dentro de un plazo de tiempo razonable desde que la tomó. Un Juez o Jurado decidirá cuál es un "tiempo razonable" cuando examine los hechos del caso.

Mover la propiedad hurtada

Para que este delito se entienda consumado, el acusado debe haber movilizado la propiedad o llevársela.

Para que se entienda que el transporte del objeto ha ocurrido, es necesario que se demuestren tres elementos:

  • La propiedad en cuestión ha sido separada de la posesión del propietario o poseedor,
  • La propiedad ajena se encuentra en total posesión del acusado, y
  • La propiedad fue movilizada, aunque haya sido solo un poco.

Uso o beneficio de la propiedad hurtada

Para que se dicte una condena por hurto, no importa si el acusado tenía la intención de usar la propiedad tomada o beneficiarse de ella. Una persona es culpable de hurto si tenía la intención de privar permanentemente al dueño de la misma.

Valor de la propiedad

Como hemos indicado antes, el hurto menor requiere que el valor de la propiedad hurtada sea de por lo menos novecientos cincuenta dólares, ya que si supera ese monto, entonces nos estaríamos refiriendo a otro hecho ilícito que es el hurto mayor.

Para determinar el valor correcto de la propiedad, los tribunales utilizan algo llamado "valor justo de mercado". El valor justo de mercado es definido como el precio más alto por el que la propiedad se hubiera vendido razonablemente en el mercado abierto en el momento y en el lugar donde fue robada.

¿En qué consiste el delito de hurto mayor en California? ¿En qué se diferencia del hurto menor?

De acuerdo con lo establecido en el Código Penal de California, artículo 487, el hurto mayor se configura cuando el valor del objeto hurtado supera los novecientos cincuenta dólares, o cuando el objeto hurtado hayan sido armas de fuego o automóviles. Los demás casos se considerarán como hurtos menores, salvo lo previsto en la regulación legal para otros hechos ilícitos como el caso de hurtos en tiendas.

Para resumir, un hurto será considerado mayor cuando los bienes propiedad de otro que hayan sido hurtados tengan las siguientes características:

  • Su valor excede los novecientos cincuenta dólares.
  • El bien hurtado es un automóvil.
  • El bien hurtado es un arma de fuego.

Otra diferencia sustancial entre los hechos ilícitos mencionados es la gravedad de las sanciones que se pueden imponer para cada uno de ellos. Las sanciones por hurto mayor son más graves, pero también su severidad va a depender de la forma en que hayan ocurrido los hechos y si el autor posee antecedentes penales, porque el hurto mayor es considerado un “wobbler”, esto es, que queda a elección de la fiscalía que sea procesado como una felonía o como un delito menor, y dependiendo de cómo sea procesado se impondrán las penas correspondientes a la calificación que le haya sido dada, pero en todo caso, serán más graves que las que se imponen por un hurto menor.

Si el escenario corresponde a un hurto mayor procesado como una felonía, las sanciones que se pueden imponer serán pena privativa de libertad que se encuentra entre los dieciséis meses, los dos años o los tres años. En cambio, si es procesado como delito menor, la sanción privativa de libertad será como máximo de un año. A diferencia de un hurto menor, donde la pena privativa de libertad será como máximo de seis meses.

¿Cuál es la diferencia del hurto menor con el hurto en tiendas?

Según lo dispuesto en el artículo 459.5 del Código Penal de California, un hurto en tiendas se realiza cuando un individuo accede a una tienda en horario comercial con el propósito premeditado de hurtar objetos con un valor que no puede exceder los novecientos cincuenta dólares.

De acuerdo con la definición descrita, se trata de delitos muy parecidos, no obstante se diferencian en que un hurto en tiendas no exige que el autor tenga éxito en su conducta, mientras que un hurto menor sí lo requiere.

Pensemos que un individuo ingresa en un establecimiento comercial con el propósito de hurtar unos pantalones, no obstante, en el transcurso de esa actividad es sorprendido por un oficial de seguridad privada del establecimiento, quien pudo darse cuenta de lo que iba a hacer. Esta situación constituye un hurto en tiendas, porque se tuvo el propósito de cometer el hurto aunque no se haya logrado con éxito. Pero si el oficial de seguridad privada no se hubiera dado cuenta de lo que el individuo hacía y éste logra salir del establecimiento sin pagar los pantalones, se dice que tuvo éxito en su propósito y se entiende que ha ejecutado un hurto menor.

Aunque para que se configure el hurto en tiendas sólo se requiera el propósito de cometerlo, las sanciones que se aplican en este caso no son menos graves que las que se imponen en un hurto menor, de hecho son bastante parecidas, ya que en los dos casos la pena privativa de libertad es de seis meses.

¿Cuál es la diferencia entre un hurto menor y el robo que está regulado en el artículo 211 del Código Penal de California?

Lo primero es que para considerar un hurto como menor, NO debe haberse tomado la propiedad en forma directa de la posesión o presencia de su dueño, porque de ser así sería calificado como robo, de acuerdo con el artículo 211 antes mencionado. Un ejemplo de esto último sería arrebatarle de las manos un teléfono inteligente a su propietario, así como quitarle un anillo que llevara puesto o la cartera de su bolsillo, o arrebatarle el bolso a una dama.

Además, hay una gran diferencia en cuanto a las penalidades, porque el robo previsto en la disposición 211 se castiga hasta con cinco años en la cárcel si se califica como de segundo grado y hasta con nueve años en prisión si se califica como de primer grado. Evidentemente se trata de penas mucho más graves que las que se imponen por un hurto menor.

¿Cuáles son las penas que se imponen en una condena por hurto menor en California?

De acuerdo con la regulación de este hecho ilícito, las sanciones que se podrían imponer son:

  • Pena privativa de libertad en una prisión del condado hasta por seis meses, o
  • Régimen de libertad condicional simple o sumario, y/o
  • Multas cuyo monto puede ascender hasta mil dólares, sin embargo, si el objeto hurtado tiene un valor que no llega a los cincuenta dólares, la multa máxima a imponer será de doscientos cincuenta dólares.

Debemos recordar que cada conducta ilícita ejecutada podría ser procesada por separado, de manera que la situación legal del acusado podría complicarse aún más si le han sido formulados varios cargos de hurto menor, porque podrían imponérsele varias veces las mismas sanciones, teniendo que cumplir cada una por separado y de forma sucesiva. Sin embargo, existe una excepción y es que el acusado haya hurtado en varias ocasiones a la misma víctima, porque de ser así habrá que sumar el costo total de lo que haya sido hurtado y se presentará un cargo con base en el resultado de la sumatoria.

Hay que tomar en cuenta que existen muchos factores que pueden agravar o disminuir las sanciones a imponer, como puede ser el valor de los bienes hurtados, el grado de perjuicio que se haya ocasionado al dueño y si el acusado posee antecedentes criminales. Si el acusado no tiene tales antecedentes y el objeto hurtado no supera el valor de cincuenta dólares, la Fiscalía podría reducir los cargos a una sencilla infracción, con lo cual no tendrá que cumplir una pena privativa de libertad, pero deberá pagar una multa, así como asistir a un programa sobre prevención de la delincuencia y prestar servicio comunitario. Otra sanción común es que se condene al procesado a pagarle al dueño del objeto hurtado una cantidad de dinero a modo de compensación por el delito cometido.

En caso de que el procesado posea antecedentes criminales, las sanciones a imponer serán incrementadas, pudiendo inclusive llegar a ser juzgado de acuerdo con la regulación establecida para los hurtos mayores.

¿Qué debe hacer un sujeto que es detenido por esta clase de delitos?

Como primer consejo, lo que debe hacer es ampararse en su derecho a guardar silencio, debe abstenerse de comentar cualquier detalle relacionado con los hechos con los oficiales policiales o con los testigos que puedan encontrarse presentes, porque todo aquello que diga puede ser tergiversado o interpretado de forma errada, aunque piense que pueda explicar la situación y justificar sus actuaciones.

Además, debe contratar inmediatamente los servicios de un abogado penalista especializado que pueda brindarle sus consejos durante la detención, resguardando sus derechos y agilizando los trámites para que pueda salir bajo fianza y comenzar a elaborar las estrategias de defensa adecuadas al caso.

Es importante también que muestre una conducta colaborativa con los agentes policiales y exhiba una actitud que sea razonable, porque de no ser así podría originar cargos adicionales como resistirse a las autoridades, haciendo más compleja la situación legal en la que se encuentra.

Debe colaborar con su defensa, de manera que si el sujeto está siendo investigado, o teme que se vaya a iniciar un proceso de este tipo en su contra, es aconsejable que reúna toda la información relacionada con los hechos, y que pueda justificar la situación. Este puede ser el caso de que hubieran testigos que presenciaron el momento, por lo que deberá obtener su información de contacto, ya que podría necesitar que comparezcan como testigos ante el Tribunal, además podría asegurarse de que hayan cámaras de seguridad en el sitio en el que tuvieron lugar los hechos, cuyos videos podrían contener información que pueda se utilizada en su favor.

En caso de que un individuo sea arrestado por un oficial de seguridad privada de una tienda, debe hacer de su conocimiento que no puede pedirle que abra su mochila o que muestre sus objetos personales con el objetivo de constatar si ha hurtado algún objeto, y puede oponerse a ello. No obstante, este oficial puede exigirle permanecer en el lugar hasta que llegue un oficial de policía a registrarlo.

¿Existen defensas legales para los cargos de hurto menor?

El hecho de que un individuo sea acusado de un delito no significa que será condenado, al contrario, recuerde que todo sujeto es inocente mientras no se demuestre lo contrario. Lo que esto quiere decir es que el acusado será sometido a un proceso judicial en el que un jurado tendrá que determinar con base en las pruebas si es responsable o no del cargo que se le imputa. En este punto resulta fundamental la asesoría de un abogado defensor conocedor de estos procedimientos, que podrá hacer valer las estrategias de defensa más convenientes, entre las cuales se encuentran:

  • El acusado actuó con el consentimiento del propietario
  • El acusado tomó prestada la propiedad
  • El acusado tenía derecho legítimo a tomar el objeto o creía de buena fe que lo tenía
  • El acusado no tuvo la intención de cometer un hurto
  • El acusado fue identificado erróneamente
  • No existen evidencias suficientes
  • La acusación es falsa

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Una acusación por este delito se trata de algo muy serio, por las graves repercusiones que puede tener en su vida diaria, de manera que si usted está enfrentando en Los Angeles un cargo por hurto menor, necesita los consejos expertos que podemos brindarle en Los Angeles Criminal Lawyer. Nuestros abogados defensores están capacitados y poseen la experiencia necesaria para ayudarle en esta clase de procedimientos, discutiendo con usted los detalles del caso para emplear las líneas de defensa que se ajusten a los mismos.

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